Así lo resolvió en la audiencia del 22 de marzo el Juez de la IPP de los Tribunales de la ciudad de Reconquista Dr. Gonzalo Basualdo, en las actuaciones López, Héctor S/abuso sexual en la cual resultó víctima una joven con discapacidad. El representante del Ministerio de la Acusación es el Fiscal Titular Dr. Leandro Mai

Los hechos

El fecha 30 de enero de 2019, siendo aproximadamente las 16.30 hs, en las

inmediaciones de Pasaje 13/15 de Barrio Santa Rosa de esta ciudad de Reconquista, Héctor López luego de haber subido a su bicicleta a la joven G.A

(18 años de edad), quien padece de discapacidad, la llevó a un baldío

perteneciente al inmueble donde funciona el ITEC que está enfrente a los garaje de la Distribuidora de Arcor, ubicado en Jorge Newbery Nº 2880 de la ciudad de Reconquista, y en esa ocasión aprovechando la frondosa vegetación, abusó sexualmente a la misma sin que la misma haya consentido la acción. En esas circunstancias fue encontrado por la madre de la niña, quien comenzó a gritar provocando que el imputado se diera a la fuga, abandonando la bicicleta, persiguiéndolo la madre de la menor durante una cuadra, hasta que se escondiera detrás del galpón de la Empresa Arcor por calle Pueyrredón, lo que fuera advertido por albañiles que se encontraban en una obra próxima, quienes indicaron donde Ud. se encontraba, momento en el que arriba personal policial y lo aprehende en flagrancia.

Nuevas Medidas

Sin perjuicio de la prórroga de la prisión preventiva el Dr. Leandro Mai solicitó y el Juez hizo lugar a) al pedido que el imputado sea evaluado por la Junta de Salud Mental, a los fines de que se expida tanto por su perfil psicológico como también a su capacidad de entender los actos del proceso, ello atento a que el mismo a partir de estar privado de su libertad se autolesiono en varias ocasiones, inclusive –la más grave de ellas- al prenderse fuego en la celaduría lo que le provocó lesiones de gravedad en zona de torso y cuello; b) asimismo se aceptó la petición de peritar la capacidad de autodeterminación de la víctima.

 

Calificación jurídica:

A López no solo se le atribuyó el dos delitos, por el primer hecho ocurrido el día

30 de enero de 2019, se procedió a imputarlo por el delito de Abuso sexual con

acceso carnal (art. 119 3º párrafo). En relación al segundo hecho, ocurrido en

fecha 04 de febrero de 2019, aproximadamente a las 09:10 horas, en la Oficina de Gestión Judicial de Reconquista, sita en calle San Martín 1153 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, luego de haber finalizado la audiencia de medida cautelar en donde se le impuso la prisión preventiva por el plazo de 60 días, al momento de ser trasladado por parte del personal policial a la sala 3 de la oficina de gestión judicial para esperar el oficio respectivo emitido por el órgano jurisdiccional, allí comenzó a forcejear con el personal policial –Suboficial Chamorro- que intentaba colocarle las esposas, logrando , por la violencia desplegada en contra del agente eludir al mismo, Salir corriendo por una escalera que se encuentra dentro de la misma sala y subir al primer piso de la oficina en donde se halla una sala de deliberación, rompiendo el picaporte de la puerta de dicha sala para llegar al hall de la mesa de entradas de la Oficina de Gestión Judicial, lugar en donde fue interceptado por otro policía (agente Zabala), que conjuntamente con el resto del personal logro reducirlo, oponiendo el imputado resistencia en todo momento impidiendo el cumplimiento de un acto funcional, debiendo intervenir tres agentes de seguridad para poder reducirlo. Por este hecho se lo imputo de: Tentativa de evasión en concurso ideal con resistencia a la autoridad.

Nuevas Medidas

Sin perjuicio de la prórroga de la prisión preventiva el Dr. Leandro Mai solicito y el Juez hizo lugar a) al pedido para que el imputado sea evaluado por la Junta de Salud Mental, a los fines de que se expida tanto por su perfil psicológico como también a su capacidad de entender los actos del proceso, ello atento a que el mismo a partir de estar privado de su libertad se autolesiono en varias ocasiones, inclusive -la más grave de ellas- al prenderse fuego en la celaduría lo que le provocó lesiones de gravedad en zona de torso y cuello; b) asimismo se aceptó la petición de peritar la capacidad de autodeterminación de la víctima cuyo nombre y apellido se corresponde a la siglas DIS .

El Fiscal Dr. Leandro Mai manifestó “ la importancia a los fines del proceso que el imputado continúe en prisión preventiva -ahora sin un plazo tan acotado-, como así también y principalmente, que se haya hecho lugar por parte del Tribunal a la producción de la prueba científica ofrecida por el MPA, la cual reviste especial importancia en la investigación de delitos contra la integridad sexual, máxime cuanto estamos en presencia de casos en donde se está frente a una joven con una especial situación de vulnerabilidad que merece ser tutelada.”

El funcionario agregó que “tanto la CSJN como la CIDH resaltan la necesidad y la suma importancia que revisten en la investigación de estos delitos las pericias psicológicas que se realicen sobre el imputado y la víctima, todo ello contribuye a clarificar el cuadro probatorio, siendo la pericial psicológica una herramienta que ha tenido un amplio y reconocido crecimiento en materia de investigación de los delitos de contra la Integridad Sexual”.-.

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