Los actos se realizarán este miércoles  en el marco del programa “Protegé tu casa”, implementado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se trata de una herramienta jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a adversidades económicas.

El Registro General de la Propiedad, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, realizará este martes los actos de entrega de escrituras afectadas como bien de familia, en el marco del Programa “Protegé tu casa”, en las localidades de Reconquista y Avellaneda.

El primer evento tendrá lugar este miércoles 9 de agosto, desde las 16, en el Centro Cívico Región 1, ubicado en Hipólito Irigoyen 1415 en la ciudad de Reconquista, y contará con la participación del subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Matías Figueroa Escauriza; el intendente de Reconquista, Amadeo Enrique Vallejos, y el coordinador del programa “Protegé tu casa”, Enzo Ricci, entre otros. Y luego, a las 18, en Salón Vecinal de barrio América en la ciudad de Avellaneda, ubicado en la Calle 107 nº 135, y contará con la participación del subsecretario de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Matías Figueroa Escauriza; el intendente de Avellaneda, Dionisio Scarpín, y el coordinador del programa “Protegé tu casa”, Enzo Ricci, entre otros

El programa provincial “Protegé tu casa” es una herramienta jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar, llevado adelante por la dirección provincial del Registro General de la Propiedad dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

PROTEGER LA VIVIENDA

La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar el asiento de la familia frente a las adversidades económicas. Mediante un acto administrativo gratuito que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho.

Esto permite que el hogar no pueda ser ejecutado por deudas posteriores a la afectación. Si tienen un embargo o una hipoteca, igualmente se puede proteger la vivienda para futuras deudas, pero las contraídas con anterioridad sí pueden atacar el inmueble.

Pueden ser beneficiarios la/s persona/s propietaria/s afectante/s en su propio beneficio; cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos), descendientes (hijos, nietos) y, a falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales de hasta tercer grado con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, sobrinos, tíos).

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