A raíz de los enfrentamientos en el Loteo Belén de la ciudad de Reconquista, se procedió a imputar y dictar Medidas Cautelares a varias personas.

El trámite judicial se realizó a partir de las investigaciones llevadas a cabo por el
Fiscal Dr. Leandro Mai de la Unidad Fiscal Reconquista , que tiene como
antecedentes los hechos ocurridos el día 10 de junio a partir de las 13 horas , en
calle 47 entre sus similares pasaje 74 y calle 76 , denominado Loteo Belén de la
ciudad de Reconquista.

Los hechos que desembocaron en la imputación se desarrollaron en fecha 10 de
junio en un inmueble de propiedad del Señor HLC, en donde un grupo de personas
intentó usurpar el predio, lo que fue interrumpido por la labor de los agentes
policiales y del personal municipal que trabajo en territorio para resolver el conflicto.

Luego, cuando el personal municipal se aprestaba a utilizar la maquinaria Municipal
para evitar se reitere el intento de usurpación , los imputado BPA, de 21 años de
edad, SSM, de 27 años de edad y ARE de 20 años de edad, conjuntamente con otras
personas que no fueron identificadas, procedieron a atacar al personal policial
actuante que se encontraba en el lugar cumpliendo funciones , disparándoles con
armas de fuego de fabricación casera (tumbera) , arrojándoles toda clase de
elementos contundentes con los cuales le provocaron lesiones a los trece (13)
agentes policiales , además de dañar cinco (5) móviles policiales que se encontraban
en el lugar ocasionando la rotura de vidrios de las ventanillas, parabrisas y
abolladuras en distintos lugares. También se produjeron daños en la maquinaria de
la Municipalidad de la ciudad de Reconquista.

Calificación Legal

Los imputados se les atribuyeron los delitos de portación de arma de guerra en
concurso ideal con abuso de arma de fuego, atentado agravado contra la autoridad
por ser a mano armada, por poner manos en la autoridad y por ser cometido por una
reunión de más de tres personas y daño calificado por haber sido cometido a los
fines de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones (arts. 45, 54, 104, 184 inc. 1, 189 bis inc. 2 y 238 inc. 1,2 y 4 del CP) cuya pena es de 3 años y 6 meses de mínima y 8 años y 6 meses de máxima.

Medidas Cautelares

En audiencia celebrada por ante el Juez de la IPP Doctora Claudia Bressan se dispuso
la prisión preventiva por cuarenta y cinco (45) días del imputado BPL, mientras que
para SSM se impuso el mismo plazo pero bajo la modalidad domiciliaria , en razón
de tratarse de una madre de un bebé de pocos meses de edad.. En relación a ARZ la
audiencia de medidas cautelares (prisión preventiva) se realizará el próximo lunes 14
junio a las 10.00 horas.

El Fiscal actuante Dr. Mai consideró”…que en razón de la existencia de un delito en
concurso de ejecución que seguiría latente, cuya matriz es un reclamo social, la
Unidad Fiscal Reconquista, siguió los lineamientos de la Instrucción General Nº 7/2016
y la Resolución de la FR4 nº 11/2015 , por lo que se solicitó la participación de grupos
interdisciplinarios especializados, pertenecientes tanto al primer nivel (gobierno local)
como a la agencias provinciales con competencia específica en la temática, que
cuenten con la presencia de mediadores , negociadores o facilitadores que actúen
profesionalmente para que procuren una solución pacífica al conflicto..”

 

Foto gentileza: Reconquista Cultura Revista Digital.

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