El Tribunal en su momento convalidó la protección constitucional para el senador, frente a la pretensión de dos fiscales de que preste declaración en audiencia imputativa. Ahora el MPA pidió que la Corte santafesina le habilite plantear la cuestión a nivel nacional, pero el Tribunal lo rechazó. Los fiscales pueden acudir en queja directamente ante la Corte.
La Corte Suprema de Justicia denegó la concesión del Recurso Extraordinario Federal solicitado por funcionarios del MPA, para pedir que se habilite acudir ante la Corte nacional para impugnar el fallo en el que se convalidaron los fueros del senador Armando Traferri, al que la Fiscalía había citado a audiencia imputativa. Ante este escenario, el MPA puede ahora acudir directamente ante la Corte nacional, a través de un recurso de queja.
El pedido de concesión del Recurso Extraordinario Federal fue presentado contra la sentencia de la Corte Santafesina de fecha 22 de febrero de 2022. En aquél pronunciamiento, el Tribunal, con mayoría de cinco de sus seis integrantes, validó la constitucionalidad plena de los fueros legislativos al rechazar una resolución del camarista penal rosarino José Luis Mascali, quien había habilitado a dos fiscales de Rosario a citar a audiencia imputativa a Traferri (PJ – San Lorenzo), como supuesto organizador de una red de juego ilegal en la provincia.
Aquella decisión fue firmada por el presidente de la Corte, Rafael Gutiérrez junto con la de los ministros Roberto Héctor Falistocco, María Angélica Gastaldi, Mario Luis Netri y Eduardo Guillermo Spuler (aunque con distintas consideraciones en los fundamentos de los votos sobre el alcance de los fueros a los efectos de declarar en audiencia), mientras que Daniel Erbetta se pronunció por respaldar la decisión del camarista rosarino.
En este caso, tanto Gutiérrez como Falisticco, Gastaldi y Netri consideraron improcedente el recurso extraordinario presentado por los fiscales, mientras que Erbetta lo avaló.
En el primer voto, Falistocco indica que “el recurso extraordinario interpuesto es inadmisible, ya que por su intermedio los recurrentes pretenden que el Máximo Tribunal nacional revise una sentencia de esta Corte acerca de una materia que integra el derecho público local, como lo es la inteligencia que cabe asignar a las inmunidades parlamentarias que hacen al régimen establecido en la Constitución de la Provincia de Santa Fe”.
En tanto, Gutiérrez apuntó que “aún cuando se invoque arbitrariedad y violación a garantías constitucionales como el de la igualdad y el plazo razonable, sólo traducen la mera discrepancia de su parte con el criterio sustentado por este Cuerpo cuando, en el marco del juzgamiento de una cuestión de índole eminentemente local como es el alcance de los fueros parlamentarios en la Provincia”.
Para Erbetta esos extremos sí se cumplen y debe habilitarse el recurso a la Corte nacional, porque “ de los votos que conformaron la mayoría (en el fallo impugnado) se deriva que el nuevo Tribunal -que intervenga en función del reenvío ordenado- no tiene más alternativa que admitir la constitucionalidad y aplicabilidad de las disposiciones en conflicto y, en consecuencia, tornar operativa la “inmunidad de proceso penal” prevista para los legisladores santafesinos”, lo cual “implicaría la consagración de un privilegio antirrepublicano”.
Fuente: El litoral.