La concejal Constanza Arzamendia explicó en qué consisten las ordenanzas de la cartelería y publicidad para las próximas elecciones.
En reunión de comisión, los ediles establecimos cuáles son los criterios que tienen que seguir los partidos políticos a la hora de realizar la campaña, específicamente lo referido a cartelería, propagandas políticas. La ordenanza fue aprobada en sesión.
Sobre este tema Constanza Arzamendia expreso: “se aprobó que cada espacio puede colocar su cartelería, sin causar obstrucción en las ochavas”. A su vez, mencionó la ordenanza 8739/21, la que establece que no se podrá colocar en postes, columnas o transformadores, si podrán hacerlo en farolas, con precinto o algo instrumento que no sea conductor de energía eléctrica.
Por otra parte, aclaró que los interesados en colocar los carteles, deberán inscribirse en la página de la Municipalidad de Reconquista en la parte de registro de inspección, ya que deben solicitar permiso como cualquier otra persona que utiliza la vía pública y a su vez conocer quien sería el responsable por si no cumplen con la ordenanza o existiera algún problema con la colocación. Cabe mencionar que una de las prohibiciones establece que a 100 metros de las escuelas no pueden estar colocados los carteles políticos.
Con respecto a la publicidad sonora, se estableció que deberá estar en concordancia con la ordenanza de Ruidos Molestos. Los horarios a cumplir son: de lunes a viernes por la mañana en un horario de comercio y por la tarde de 16 a 20 horas. En verano y días sábados de 17 a 21 horas. Los domingos únicamente de 10 a 13 horas.
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