La actividad se llevó a cabo este viernes, en Helvecia, con el objetivo de dar cumplimento a la reparación histórica, garantizar los derechos de propiedad comunitaria de los pueblos indígenas y el acceso a la vivienda.
El gobierno provincial presentó este viernes en Helvecia el Programa de Mensuras de Tierras Indígenas – Ley 12.086. Se trata de una iniciativa de la Dirección Provincial de Comunidades Originarias de Santa Fe que busca dar cumplimiento a la reparación histórica a los pueblos indígenas.
El programa es una herramienta eficaz para el reconocimiento de la propiedad comunitaria indígena y el goce efectivo de los derechos indígenas, consagrados en la Constitución Nacional, Normas Internacionales y leyes nacionales y provinciales.
Es en este sentido, las acciones a desarrollar son la regularización dominial de las Comunidades Indígenas, como un primer paso para garantizar los derechos de propiedad comunitaria de los pueblos indígenas y el acceso a la vivienda, los servicios (agua, energía y otros) y las actividades productivas, culturales y sociales.
Esta iniciativa se lleva a cabo a través del Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT), la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional (Ministerio de Gestión Pública), el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y otros organismos provinciales; junto a municipios y comunas; y coordinado por la Dirección Provincial de Comunidades Originarias, quienes se encargaron de las mensuras de inmuebles urbanos y rurales reclamados por las comunidades indígenas para surestitución como parte de sus territorios tradicionales y en propiedad comunitaria indígenas, especialmente las tierras previstas por la Ley 12.086.
La presentación del programa se llevó a cabo junto a las 6 comunidades indígenas del Pueblo Mocoví beneficiarias y se hizo entrega a las mismas de las mensuras de islas y lotes rurales realizadas en esta primera etapa.
Participaron de la actividad el director del Servicio de Catastro e Información Territorial, Héctor Hugo Rodríguez, y el administrador regional Santa Fe SCIT, Alfredo Luis Migone, junto a técnicos y otras autoridades; el senador departamental, Carlos Kaufmann; y la directora de Comunidades Originarias, Rosana Esquivel y Ariel Araujo, asistente técnico de la repartición.
PROGRAMA DE MENSURAS DE TIERRAS INDIGENAS
El Programa se ejecutara en tres siguientes modalidades:
>> Mensuras administrativas de tierras prescriptas por la Ley 12.086 y ya adjudicadas con permisos de uso a comunidades indígenas.
>> Mensuras de lotes urbanos con dominio inscripto a nombre de la provincia de Santa Fe y reclamados por comunidades indígenas.
>> Mensuras a través de municipios y comunas, comunidades indígenas y/o por regularización dominial de lotes urbanos y rurales reclamados por comunidades indígenas.
En esta primera etapa del programa se ejecutará las mensuras de tierras indígenas en las localidades de Helvecia, Melincué y Colonia Dolores.
>> Helvecia
En Helvecia (departamento Garay), se iniciaron las mensuras de 5.845 hectáreas de lotes rurales (islas y tierras rurales); adjudicados a las mismas en virtud de la Ley Provincial No. 12.086; y otorgadas en concesión de uso administrativo por la Comisión de Adjudicación de Tierras Indígenas (Art. 6° de la Ley 12086 y Decreto N.º 813/2007) mediante el Acta No. 27; y por Resolución N.º 040/2015 de la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas de Santa Fe.
Las comunidades indígenas del Pueblo Mocovi beneficiarias son 6 y todas cuentan con personería jurídica otorgada por su inscripción en el Registro Especial de Comunidades Aborigenes de Santa Fe (RECA), en función de lo establecido por la Ley Provincial No. 11.078 y el Decreto 1175/2009.
Dichas personerias jurídicas son: Comunidad Aborigen Santa Teresita (Mocoví), Comunidad Mocoví “2 de Febrero”, Comunidad Aborigen Cacique Santos Sañudo (Mocoví), Comunidad Mocoví “Calle Ancha”, Comunidad Mocovi “Doña Gerónima Troncoso”, y Comunidad Mocovi “Aim Moqoit” (Mocoví). Estas 6 comunidades indígenas del Pueblo Mocoví serán las titulares en forma conjunta de la propiedad comunitaria de las tierras a mensurar, a través de una escritura de propiedad comunitaria indígenas emitida por la Escribanía General de Gobierno.
>> Melincué
En la situación de Melincué (departamento General López), la mensura administrativa de lotes urbanos mostrencos se realiza a través del Servicio de Catastro e Información Territorial para realizar la inscripción de dominio a nombre de la Provincia de Santa Fe y proceder luego a realizar la escritura en propiedad comunitaria indígenas, a través de la escribanía General de Gobierno. Las tierras indígenas corresponden a 2 fracciones de terrenos, ubicados en las manzana 45 y 37 del Barrio San Urbano, y de los mismos se hará una subdivisión que garantizará 13 lotes urbanos con destino a igual cantidad de familias pertenecientes a la Comunidad Indígena Mocoví “Noagué Noa Nonot’í”. El destino de los mismos es para un Programa de Vivienda Comunitaria, que beneficiará a dichas familias originarias.
>> Colonia Dolores
Bajo el componente “Mensuras a traves de Municipios y Comunas, Comunidades Indígenas y/o por Regularización Dominial de Lotes Urbanos y Rurales reclamados por Comunidades Indígenas” se realizarán las mensuras de lotes urbanos y rurales de la localidad de Colonia Dolores (departamento San Justo), Primer Municipio Indígena del Pueblo Mocoví (Ley Prov. N° 13.548). El Proyecto, a ser financiado por el Programa Incluir (Decreto 1184/2020), a través de la Comuna de Colonia Dolores, tiene como finalidad apoyar las acciones para la Regularización Dominial de los lotes urbanos y rurales de la Comunidad Mocovi “Aim Moqoilec”, que abarca 24 manzanas; priorizando los lotes destinados a soluciones habitacionales, construcción de viviendas, erradicación de ranchos y obras comunales para proyectos comunales y comunitarios de infraestructura social, ambiental, turística, cultural, deportiva, productivos y de servicios.
Colonia Dolores es una Comunidad Indígena del Pueblo Mocoví, con títulos de propiedad otorgadas por el Gobierno de Santa Fe, en los años 1872, 1886, 1887, y 1900, de poseción individual, al momento de establecer una Colonia Indígena, en tierras de la Comunidad Mocovi. La adjudicación de los lotes de tierras, en la planta urbana, fueron a familias indígenas en forma individual, a los bisabuelos, abuelos y padres de los actuales ocupantes, acorde a las costumbres y tradiciones indígenas del Pueblo Mocovi; y estas ya tenían “propietarios” indígenas, en función de las leyes de adjudicación de tierras de 1872, 1886, 1887 y 1900; entre ellas las adjudicadas a los antepasados; y sobre las que los abuelos, los padres, y actualmente los hijos y nietos, mantienen la ocupación pacífica e ininterrumpida desde 1872. Es responsabilidad del Estado, en función de los derechos indígenas vigentes (Art. 75, inc. 17 de la Constitución Nacional) y leyes concordantes, proceder a regularizar esta situación.