Continúan las denuncias en Reconquista por terrenos faltos de higiene
La Secretaría de Control Público de la Municipalidad de Reconquista comunica que, continuando con los relevamientos que realiza el Departamento de Inspección General y a partir de las denuncias recibidas, numerosos lotes baldíos privados con malezas y/o falta de higiene adecuada fueron emplazados a realizar los correspondientes trabajos de limpieza.
Al no obtener respuestas positivas, se procedió a labrar las respectivas actas de infracción, las cuales, en caso de que sus propietarios no realicen los trabajos de mantenimiento respectivos, darán lugar a nuevas solicitudes de allanamiento.
Los inmuebles son los siguientes:
Loteo Las Lilas: Calle 60 N° 2280 entre calles 47 y 45. Lote 262 Mz. 13 PI 03-20-00 011143/0244.
Barrio Nueva Fe: Calle 28 N° 3656. Lote 8 Mz. B PI 03-20-00 511464/0259.
B° América: Calle San Martín N° 3384. Lote 32 Mz. 2 PI 03-20-00 511451/0140.
Loteo Las Lilas. Calle 43 N° entre 60 y 62. Lote 18 Mz 2 PI 03-20-00 011143/0071
Cabe señalar que la normativa aplicable a estos casos es la Ordenanza 4909/03 “Código Municipal de Faltas” de la Ciudad de Reconquista establece en ARTÍCULO 155°: – INMUEBLE FALTO DE HIGIENE. El/la titular o responsable de un inmueble total o Parcialmente descubierto o baldía, que no lo mantenga debidamente cercado y en condiciones adecuadas de higiene y salubridad, cuando previamente emplazado no efectúe los trabajos que correspondan, es sancionado/a con multa de 50 UF a 500 UF, sin perjuicio de la realización por administración y a su costo de los trabajos pertinentes” y ARTÍCULO 155° Bis: El/la titular o responsable de un inmueble que no mantenga de manera adecuadas la higiene y salubridad de sus patios (desmalezado y descacharrado), de manera que pueda afectar la salud pública de la comunidad, y de esta manera genera un potencial grave peligro sanitario, será sancionado con multa de 50 a 1.000 UF, cuando previamente emplazado no efectúe los trabajos que corresponda en el término de cuarenta y ocho (48) horas. Ello, sin perjuicio de la realización por administración de las tareas descriptas, con costo para el responsable.
La actuación administrativa se realiza en los siguientes pasos: en primer lugar, el emplazamiento para el cual el propietario debe ser informado de la infracción y tiene 48 horas para cumplir con la limpieza del espacio. En segundo lugar, se labra la multa: si se detecta que no se cumple con lo solicitado, se procede a realizar una multa por incumplimiento. Y, en tercer lugar, se emite una orden de allanamiento: se solicita al juez, mediante proceso legal, el ingreso en las propiedades privadas. Que el espacio tenga o no cerramiento modifica los tiempos de acceso.
Desde la Municipalidad de Reconquista se vuelve a pedir especialmente a los propietarios de terrenos baldíos y casas deshabitadas, que mantengan los espacios en correctas condiciones, teniendo presentes la prevención del Dengue y la seguridad de los vecinos.
Para denuncias y/o consultas, comunicarse al teléfono de Inspección General 3482560840, o a través de la Aplicación RecoDigital.