Lo resolvió la justicia federal de Reconquista, que trabó, además, embargos millonarios; la causa es por reintegros de IVA mediante facturación presuntamente apócrifa.
La justicia federal de Reconquista procesó a 14 integrantes del directorio de la firma en aquel momento por ser considerados prima facie coautores penalmente responsables del delito de aprovechamiento indebido de beneficios fiscales, según el artículo 3° del Régimen Penal Tributario, Ley Nacional 27.430, artículo 279, en función del artículo 13; con la agravante prevista en el artículo 15, inciso B, del mencionado cuerpo legal.
La resolución del juez federal de Reconquista, Aldo Alurralde, en el marco de una causa por fraude fiscal, agrega el embargo e inhibiciones de 100 millones de pesos a cada uno de los imputados.
Al respecto, el magistrado entiende que, entre 2016 y 2019, la empresa habría cobrado reintegros de IVA por un total de $140 millones mediante la presentación de denominadas facturas supuestamente truchas.
En Vicentin, la resolución judicial fue considerada “sorpresiva” ya que de acuerdo con los elementos aportados a la causa se estimaba que no había elementos para la imputación como resolvió el juez Alurralde, ya que las operaciones denunciadas fueron realizadas encontrándose vigente la inscripción fiscal de las empresas involucradas en la facturación de venta de granos.
Desde la empresa, un vocero de Vicentin, informó que la resolución será recurrida ante la Cámara Penal de Apelaciones con sede en Resistencia, Chaco, que actúa por jurisdicción. Ese trámite, dentro de los plazos establecidos, se concretará la semana próxima, añadió.
En tanto, desde el juzgado de Reconquista se indicó que por los montos reprochados, si hay condena, la misma será de prisión efectiva. No obstante, los imputados continuarán el proceso penal en libertad.
La denuncia
La denuncia penal de la Afip había ingresado en el Juzgado Federal de Reconquista el 21 de agosto de 2020 y dos años después Alurralde comenzó las indagatorias.
En su presentación, la AFIP apuntó a la comisión delictiva mediante solicitudes de reintegros del Impuesto al Valor Agregado -Créditos fiscales vinculados a operaciones de exportación-, “habiendo aprovechado, percibido o dispuesto de manera ilegítima de más de cien millones de pesos de entonces, suma cuya solicitud de reintegro fue recurrentemente respaldada con facturación apócrifa, presentadas para su recupero en forma fraudulenta”.
Añadió que, de las tareas de fiscalización, “se verificó” que la contribuyente habría aprovechado indebidamente de reintegros de IVA por exportaciones -bajo el régimen por el cual los exportadores tienen derecho a que se les reintegre el crédito fiscal vinculado a operaciones de exportación-, con base en la utilización, registración y presentación de facturas comprobadamente apócrifas, emitidas por decenas de supuestos proveedores, habiendo percibido de ese modo sumas de dinero por parte del Fisco Nacional en los años 2016, 2017, 2018 y 2019 por montos que superan holgadamente la condición objetiva de punibilidad prevista en el artículo 3 de la Ley 24.769 vigente al momento de los hechos.
Alurralde sostiene que tiene acreditado lo que denunció AFIP, en cuanto a que hicieron figurar “proveedores inexistentes, transporte de granos con evidentes signos de desuso y deterioro, impropios del giro comercial fingido y con movimientos bancarios que no se corresponden con la facturación; insuficientes empleados en relación de dependencia para cumplir con las tareas que demanda su funcionamiento o directamente inexistentes; que los vehículos incluidos en las Cartas de Porte no eran aptos para el transporte de mercaderías; que los supuestos lugares de explotación eran inexistentes; es decir, que no funcionaba ninguna planta industrial u oficinas de administración”.
Los procesados
Tras las consideraciones correspondientes, el juez Alurralde procesó a Daniel Néstor Buyatti, Alberto Julián Macua, Roberto Alejandro Gazze, Máximo Javier Padoan, Cristian Andrés Padoan, Martín Sebastián Colombo, Sergio Roberto Vicentin, Pedro Germán Vicentin, Roberto Oscar Vicentin, Yanina Boschi, Herman Roberto Vicentín, Oscar Silvio Vicentin, Rubén Darío Vicentin y Norma Susana Vicentin. Los nombrados, exdirectores de Vicentin SAIC, son considerados prima facie coautores penalmente responsables del delito de aprovechamiento indebido de beneficios fiscales. Por el mismo delito el procesamiento también alcanza a la firma Vicentin.
En la misma resolución se ordenó para todos, trabar embargo sobre sus bienes libres; y en el caso de los que no tienen bienes a su nombre, inhibición hasta cubrir la suma de 100 millones de pesos por cada uno de los encausados.
Fuente: La Nación