La Cámara de Apelaciones condenó a los imputados en la causa, que involucraba, además, a una ex empleada de Tribunales. Las víctimas fueron niñas de entre 12 y 17 años.

Tras el fallo de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Vera por un caso de corrupción de menores que tuvo lugar en esa ciudad del norte santafesino en 2012, el director de Acceso a la Justicia y Asistencia Judicial, Fernando Sirk Marezca, manifestó que se trata de un “logro institucional” para el Centro de Asistencia Judicial (CAJ), que en su calidad de querellante apeló junto con la Fiscalía la absolución con la que los imputados (entre ellos una exempleada de Tribunales) habían sido beneficiados en primera instancia.

Este martes, el tribunal de Alzada, en consonancia con lo oportunamente solicitado por el CAJ de Vera y el Ministerio Público de la Acusación, revocó las absoluciones dictadas el año pasado, que desvinculaban a los sospechosos por el beneficio de la duda. En cambio, los camaristas Carlos Renna, Sebastián Creus y Martha Feijoó aplicaron condenas de seis años y seis meses de prisión a ocho hombres que participaron de una fiesta sexual en la casa de Nilda Sánchez, sentenciada a siete años de prisión por el delito de promoción y facilitamiento de la corrupción de menores en perjuicio de niñas que tenían entre 12 y 17 años.

El equipo del CAJ que intervino en el caso está integrado por la abogada Agustina Peralta, la psicóloga Gabriela Tosolini, y la trabajadora social Mónica Aranda.

“La querella había formulado acusación con penas que iban entre los seis y diez años de prisión, según la intervención de cada uno de los imputados; y el juez de primera instancia absolvió con argumentos sumamente cuestionables y que hacen al fundamento de la apelación, entre ellos que no se podía corromper algo que ya estaba corrompido (en relación a las menores víctimas)”, recordó Nicolás Vera, delegado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el norte santafesino.

El equipo jurídico del CAJ planteó que el delito de corrupción no exige que la persona no haya sido corrompida en oportunidad anterior, como sostuviera el fallo absolutorio de primera instancia.

Además, Sirk manifestó que «el caso resulta aún más grave debido a que no se trató de un acto aislado, sino de una conducta repetida en varias oportunidades. De modo que la vulneración de los derechos de las niñas fue de extrema gravedad. Afortunadamente, el CAJ logró revertir la decisión de primera instancia, garantizándose el real ejercicio del deracho de acceso a la justicia».

La querella se ejerció en representación del padre de una de las niñas, todas en situación de vulnerabilidad económica, social y familiar. La investigación tuvo mucha repercusión desde sus inicios ya que una empleada del juzgado de instrucción de Vera fue quien prestó la casa para que se realizara el encuentro, del que participaron ocho hombres ofreciendo dinero a cambio de favores y prácticas sexuales. Las menores habían sido conducidas en auto al domicilio de Sánchez por ella misma, tras ganarse su confianza. La mujer, conocida como Bibi, era quien realizaba la tarea de captación.

“Las declaraciones de la víctimas fueron contundentes, sin contradicciones evidentes, y  pusieron de manifiesto la metodología delictual”, finalizó Sirk Marezka.

Sobre los CAJ

La Oficina de Asistencia a la Víctima de los CAJ es la única del país que puede ejercer representación de las víctimas en juicio, patrocinándolas o mediante poder especial constituyéndose como querellante. Esta figura permite a los damnificados o a sus familiares ser parte activa en el proceso penal y participar del mismo.

En la provincia funcionan cinco centros -en las ciudades de Rosario, Santa Fe, Reconquista, Tostado y Vera- que cuentan con una línea telefónica gratuita de atención: 0800-555-8632.

Para más información, ingresar a www.santafe.gov.ar/justiciayddhh

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