Jorge C. Baclini, Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación, por la presente se dirige a usted en relación a la situación epidemiológica de público conocimiento provocada por el “Coronavirus” (Covid – 19) y en atención a las últimas recomendaciones emanadas por el Ministerio de Salud de la Nación en el marco del Plan de preparación y respuesta al COVID – 19 (coronavirus) y al mensaje presidencial del día 15/03, destacando que, con anterioridad a ello se han impulsado diversas acciones en orden a atender la situación epidemiológica de público conocimiento (ver circular del 12/03/2020, Resolución FG 63 de 12/03/2020, entre otras); siendo pertinente en el día de la fecha emitir la presente, en orden a maximizar los controles y medidas de higiene:
- Reiterar la disposición en relación a licencias conforme lo dispuesto por resolución FG 063/2020.
- Disponer otorgar licencia a los mayores de 65 años y a todas aquellas personas que se encuentren en posible situación de riesgo por enfermedad de contraer coronavirus.
- Restringir la atención en las oficinas del MPA disponiendo el ingreso gradual de hasta 3 personas a la vez y procurando el personal mantener una distancia de al menos dos metros.
- Restringir la atención al público en las mesas de entradas, procurando formar filas con las personas distanciadas dos metros una de otra.
- Evitar las concurrencia masiva de personas a dependencias del MPA y recomendar al público en general que se abstenga de concurrir a las sedes del MPA salvo para los casos estrictamente necesarios, pudiendo hacer sus consultas de forma telefónica.
- Continuar con la provisión y puesta a disposición para agentes del MPA, profesionales y público en general en las cinco circunscripciones judiciales de la provincia de alcohol en gel y demás elementos de higiene recomendados por los organismos competentes para las presentes circunstancias. Insistir en requerir a los responsables a cargo de los respectivos edificios judiciales en los que a diario se desarrolla la labor judicial a los fines de que se adopten las medidas que resulten necesarias para asegurar las debidas condiciones de higiene en dichos ámbitos.
- Propender a suspender de las citaciones a audiencias imputativas en libertad, salvo situación de urgencia.
- Restringir las citaciones de testigos a casos extremadamente necesarios.
- Limitar todas las actividades de capacitación a su modalidad virtual.
- Los fiscales del MPA solicitarán que las audiencias que se lleven a cabo dentro de los tribunales, se realicen preferentemente en lugares con aireación natural y sin público.
- Los fiscales del MPA solicitarán que en las audiencias que se lleven a cabo dentro de los tribunales se realicen con un máximo de dos imputados por cada una y con la concurrencia de no más de dos personas por parte litigante.
- Aconsejar a los fiscales que eviten el traslados de detenidos a las sedes de las fiscalías y/o tribunales, salvo casos de estricta necesidad o urgencia.
Finalmente se recomienda mantenerse actualizado consultado el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19.