A un día de iniciarse el juicio en el cual Juan Valdéz está acusado de femicidio dos de sus tres abogados presentaron la renuncia.

Los abogados Jorge Juan Bedouret y Barbara Reynoso presentaron la renuncia al cargo de defensores de Juan Valdéz a solo un día de comenzar el juicio que podría llevarlo a la cárcel de por vida.

Ahora solo quedará en su defensa el abogado Jorge Faisal, que ya ejercía el cargo desde el inicio.

La denuncia debe ser aceptada hoy por el Juez Santiago Banegas, que se enteró de la situación en la noche del domingo. De todos modos es un rumor que se venía manejando desde hace tiempo.

La nota presentada por los abogados

SEÑOR JUEZ:

JORGE JUAN BEDOURET y BÁRBARA REYNOSO, abogados, por la Defensa Técnica de JUAN OSCAR VALDEZ, dentro de la Carpeta Judicial registrada bajo el CUIJ Nº 21-06689440-9, caratulada “VALDEZ JUAN OSCAR S/ RETENCION Y OCULTAMIENTO DE PERSONA CON EL FIN DE OBLIGAR A LA VICTIMA A HACER ALGO CONTRA SU VOLUNTAD”, ante V.S. nos presentamos y, respetuosamente, decimos:

I.- RENUNCIA AL CARGO:

Luego de haber transcurrido casi tres años en la Defensa del Sr. Juan Oscar Valdez, venimos por medio de la presente a renunciar a la misma en virtud de sentir que nuestros esfuerzos defensivos chocaron contra una vocación por querer llevar adelante un proceso ilegitimo, ello en virtud de las razones que se expondrán a continuación.

Estamos frente a un proceso que determina que la vocación por el derecho de estos curiales, la vocación por la libertad de los mismos y el sacrificio de quien debió sufrir una prisión preventiva de tres años sin evidencias serias y violentando el contenido de la normativa procesal y de las normas de fondo con jerarquía constitucional. No queremos sufrir sanciones, como ha sufrido el Dr. Bedouret, por expresar sus opiniones ajustadas a derecho. La crisis del Poder Judicial de Vera tiene reflejos ilegítimos, entre los que podríamos enumerar:

1.- Al comienzo de la investigación, se citó al Sr. Valdez a la Comisaría de Fortín Olmos. En esa oportunidad, llevo su automóvil para que le realicen la pericia del luminol y con los canes, todo ello sin la presencia de un abogado. Posteriormente, se le tomo una declaración testimonial (ya siendo sospechado, ya habiendo practicado pericias contra él, ya estando su vehículo secuestrado, ya estando su celular secuestrado), que fue utilizada durante casi dos años en su contra, en una clara actitud de poder.

2.- El Dr. Gauna Chapero ordenó su aprehensión. Es decir, pese a su presentación y de colaborar con todas las medidas y luego de tomarle una declaración testimonial, ordeno su aprehensión; es la primera y esperamos sea la última vez que hemos visto aplicar la aprehensión a una situación de estas características.

3.- Se han ordenado sucesivas prórrogas de la prisión preventiva, no respetándose jamás el principio de inocencia ni indubio pro reo, pese que no existían elementos de convicción serios ni mucho menos peligrosidad procesal.

4.- En este contexto, el Dr. Renna dictó una Resolución que había escrito antes de la audiencia. Como así también, expresó en la misma que algunos testigos vieron un auto grande y blanco, el Magistrado tuvo el buen gusto de saber que se trataba de un Toyota Corolla, cuando nadie había mencionado nada de ello.

5.- Ni hablar de la invocación de testigos falsos por parte del MPA, como por ejemplo el caso del Sr. Quiroz, con el cual se sostuvo durante mucho tiempo que este hombre había presenciado varios encuentros anteriores entre Rosalía y Juan en la garita, hasta que, en oportunidad de verse acorralado, el fiscal-juez Gauna Chapero termino admitiendo que en realidad “se había equivocado de causa”.

6.- No podemos tampoco olvidar la conferencia pública en la puerta del Tribunal del Dr. Gon, donde les aseguró a los familiares de Rosalía Jara que Juan Valdez “permanecería preso hasta el juicio” y luego agregó “se los puedo asegurar”. Demás está decir, que la profecía de Gon, se ha cumplido.

7.- Al tomar conocimiento esta Defensa de dicha conferencia, planteó recusación contra el Dr. Gon y le dio la oportunidad que se inhiba de seguir entendiendo, el Magistrado admitió este extremo y se inhibió.

8.- Lo realmente grave es que luego de hacer estas declaraciones, el Dr. Gon había estado al frente de una audiencia de revisión cautelar y había rechazado la libertad de Juan Valdez, manteniendo su estado de prisión preventiva, cumpliendo cabalmente su promesa pública. Esto llevó a esta defensa a pedir la nulidad de todo lo realizado por Gon y en su defecto a solicitar la inmediata libertad del justiciable, demás está decir, que el Dr. Banegas, el Dr. Renna y el Dr. Mantaras rechazaron todos los planteos de la defensa y validaron todos y cada uno de los actos dictados por un juez que se había declarado parcial, acaso ¿es esto una corporación?

9.- Cuando se estaban por cumplir los dos años de prisión preventiva, el MPA solicito la prorroga excepcional, que por supuesto el Tribunal precedido por el Dr. Banegas, convalido, por el plazo de un año.

10.- Luego de tantas desprolijidades durante la IPP, llegamos a la etapa intermedia, el MPA presentó su acusación firmada por el Fiscal Gauna Chapero o el Juez Gauna Chapero, ya que al otro día de ingresar la acusación asumió su cargo como Juez. Esta acusación como la de la querella fue rechazada por el Dr. Banegas. Caso único en toda la provincia de Santa Fe, donde se rechaza la acusación por defectos sustanciales, sin embargo, se lo sigue privando de su libertad al justiciable y se le da una segunda oportunidad a los acusadores que mejoren su estrategia, quienes de forma apresurada lo hicieron en tres días, repitiendo y aumentando las fabulas anteriores.

11.- Llegamos a la puerta del Juicio Oral y nos anoticiamos que los acusadores realizaron una reunión multitudinaria en el Salón Comunitario de Fortín Olmos con la gran mayoría de los testigos de la causa. Todo ello, pese a que el CPPSF expresamente dice que antes de declarar los testigos no podrán comunicarse entre sí. Por supuesto, que, a esta altura, ya nada importa sobre los derechos de Juan Valdez, todas estas situaciones han llegado a limites inimaginables.

12.- Ya finalizando, y volviendo a la prorroga excepcional que fue dictada el 02/07/2019 por un año, como expresamente quedó registrado en el audio y en la notificación de la audiencia. Cumplido el plazo, es decir el 02/07/2020, se pidió la inmediata libertad del Sr. Valdez. El Dr. Banegas con vacías y vanas argumentaciones rechazó la petición en clara repetición de conductas, haciendo interpretaciones contrarias a toda lógica y en claro perjuicio del justiciable, como siempre.

13.- Por último, no podemos dejar de mencionar que esta Defensa pidió expresamente que las audiencias se realicen dos o tres días a la semana, para poder seguir cumpliendo con las demás actividades que como profesionales liberales tenemos y obviamente ello también fue rechazado, con un argumento claramente perjudicial para el justiciable y su defensa, sin tener en cuenta que esa es la modalidad en los muchísimos juicios orales que hemos tenido, donde se trata de buscar el equilibrio para que todas las partes puedan hacer bien su trabajo, no como en esta jurisdicción, donde lo único que conseguimos fue trabas y más trabas.

Leímos en los medios de comunicación, que este es un momento histórico y que este caso es un antes y un después y coincidimos plenamente, un caso único y paradigmático, donde se han violado sistemáticamente todos y cada uno de los derechos del justiciable.

Todo ello, nos lleva a concluir que todos estos atropellos desmedidos a todas y cada una de las garantías del Sr. Valdez serán imputables a diversas situaciones, inclusive, tal vez, a algunas actuaciones de esta Defensa.

Por ello, razonamos con el corazón y creemos que esta renuncia, posiblemente, beneficie al justiciable. Así lo esperamos.-

II.- PETITORIO:

Por lo expuesto, solicitamos:

1.- Se tenga por presentada nuestra renuncia al cargo de defensores técnicos del Sr. Juan Oscar Valdez.

Proveer de conformidad

 

SERA JUSTICIA

 

JORGE JUAN BEDOURET                           BÁRBARA REYNOSO

 

ABOGADO                                                        ABOGADA

 

Fuente – Infovera

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