La Municipalidad de Reconquista presentó su ambicioso proyecto de incentivos a la actividad económica post pandemia, para motivar y promocionar el desarrollo de nuevas actividades en la ciudad.
El acto oficial estuvo encabezado por el Intendente Dr. Amadeo Enrique Vallejos, en la mañana del martes 1 de septiembre. En Casa del Bicentenario, estuvo acompañado por el Secretario General, Lic. Guillermo Romero Mansur; el Secretario de Desarrollo Económico y Productivo, CPN. Matías Masat; el Presidente del Centro Industrial y Comercial, Rodrigo Godoy; el Presidente del Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas, CPN. Marcelo Bandeo; y los concejales CPN. Ignacio Correa y Lic. Roald Báscolo.
El Intendente Municipal Dr. Amadeo Enrique Vallejos destacó “el anuncio de una decisión de política pública, siguiendo con la línea que venimos trazando desde años anteriores, con el objetivo de bajar la presión impositiva”, en este caso respecto a “las actividades económicas que han sufrido mucho en esta pandemia y a quienes se animen a invertir en nuestra ciudad”.
En ese sentido coincidió el Secretario General, quien resaltó “la decisión del Intendente para acompañar el crecimiento de la ciudad” y agradeció a las instituciones presentes, “que van a ser los principales difusores entre sus asociados y en el asesoramiento, con un Estado presente acompañándolos”.
Romero Mansur detalló que en el día de mañana ingresará el proyecto de Ordenanza al Honorable Concejo Municipal, esperando una pronta resolución, mientras que el Secretario de Desarrollo Económico y Productivo CPN. Matías Masat brindó especificaciones del mismo.
Nuevos emprendimientos
Para promocionar la radicación de nuevos emprendimientos y generar trabajo genuino, se eximirá a quienes desarrollen una nueva actividad económica, tanto comercial como industrial, del Derecho de Registro e Inspección durante 12 periodos fiscales. Se considera como nuevo contribuyente a aquellos que inscriban su actividad económica desde el 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Además, quienes se encuadren en el Régimen General, podrán extender el beneficio bajo las siguientes condiciones:
- por 6 períodos fiscales adicionales si ha incrementado entre un 25% y un 49% el personal en relación de dependencia desde el inicio de su inscripción.
- por 12 períodos fiscales adicionales si ha incrementado en más de un 50% el personal en relación de dependencia desde el inicio de su inscripción.
Beneficio a las actividades más perjudicadas por la pandemia
En tanto, para beneficiar a las actividades más perjudicadas por la pandemia, se eximirá del Derecho de Registro e Inspección, en su Régimen General, durante 12 periodos fiscales a quienes desarrollen las siguientes actividades: hospedajes y hotelerías; salones de eventos; servicios de fotografía y sonido; actividades relacionadas a la pesca deportiva y el turismo; servicio de transporte público de pasajeros y escolares; academias artísticas y similares; clubes y gimnasios; jardines de infantes y maternales.
Con un plazo para solicitar el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2020, los rubros mencionados no pagaran Derecho de Registro e Inspección por el término de 12 periodos fiscales, independientemente del reinicio o reactivación de su actividad.