La obra social IAPOS fue demandada por negar medicamentos a un enfermo de cáncer de la ciudad de Romang en Santa Fe.

“El NIVOLUMAB funciona en la IV etapa del cáncer”, confirmaron las abogadas del caso del empleado del SAMCO de Romang, de 62 años, pese a que no hay estudios científicos. En este caso, la sentencia contra la obra social IAPOS en los autos “Espindola Jorge Emilio c/ Instituto Autárquico Provincial de obra social s/ Amparos – Hábeas data”, es inminente.

El tratamiento parcial, durante tres meses, fue otorgado por una cautelar, donde la Resolución de fecha 30 de setiembre de 2020, la jueza Margarita Cismondi, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista, ordenó que: “Se admita la medida peticionada respecto a la prestación del tratamiento con NIVOLUMAB la que deberá proveerse al amparista en forma inmediata”.

IAPOS tuvo que proveer el medicamento Nivolumab al afiliado por 90 días de forma gratuita, previa caución de 300 mil pesos, desde el 5 de octubre, hasta fin de diciembre del 2020.

Para sorpresa de la familia y de las abogadas del caso: Cynthia Pellegrini de Reconquista y Graciela Vizcay Gomez de Buenos Aires, el paciente que hacía un año que no recibía ningún fármaco para el cáncer renal que padece, tuvo tres sesiones de poco más de una hora cada una, desde el principio con una tolerancia total, sin ningún tipo de rechazo a la droga inyectable.

Pese a que la obra social argumentó durante todo un año, que el NIVOLUMAB no estaba autorizado para pacientes en su cuarta etapa de cáncer, rechazando dar la cobertura al 100 por ciento, amparándose en posibles contraindicaciones y en la falta de estudios científicos, ahora deberá reconocer junto a todas las demás obras sociales del país, incluso en estudios internacionales de otros pacientes, que esa droga tuvo un efecto positivo en este caso testigo de Santa Fe. Lo que genera un avance e innovación para el laboratorio Bristol Myers Squibb, que siempre tuvo la certeza de que su fármaco era un éxito.

Lo novedoso es que no hay información científica en esta etapa del cáncer, el NIVOLUMAB no solo detuvo el avance de la enfermedad en los primeros tres meses de aplicación, sino que, además, según la tomografía computada realizada por orden del oncólogo de cabecera de Espindola, Alejandro Dri, de la ciudad de Rosario, el diagnóstico por imágenes “visualiza una disminución del tamaño de las lesiones pulmonares, hepáticas y del cuerpo pancreático”.

La abogada porteña Vizcay Gómez, manifestó a este medio que, “si bien el estudio lleva solo noventa días de tratamiento, lo significativo es que los nódulos visualizados en el estudio anterior a octubre de 2020, no solo no avanzaron en su desarrollo, sino que se redujeron notablemente a la mitad de su tamaño”.

Se espera con mucho entusiasmo la sentencia en el mes de febrero, habiendo concluido la cautelar. Una sentencia acorde a los resultados de los estudios realizados a Espíndola, que si la jueza sigue la argumentación categórica del rechazo del recurso presentado por IAPOS ante la Cámara de Apelaciones, no queda más que esperar que falle de forma histórica en este caso que se hizo viral en las redes, en medio de una innumerable casuística contra la obra social santafesina que va a marcar un antes y un después en la jurisprudencia de amparos de salud para pacientes oncológicos.

Esto ya se evidenció con la catarata de reclamos en toda la provincia contra la obra social, incluido el de 146 jubilados de la policía de Santa Fe, que fue presentado a fin de diciembre del 2020 en Rosario, por la misma profesional de Buenos Aires.

Fuente – Estudio Jurídico Vizcay Gómez

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