Los Pumas de la sección La Gallareta habían llevado a cabo un procedimiento por abigeato de ganado menor calificado del que resultó víctima Estancia “La Cigüeña”, ubicada en la zona de Los Palmares, distrito La Gallareta. El pasado lunes tres móviles de la policía rural llegaron al lugar con ocho agentes de seguridad rural y aprehendieron a 12 sujetos de Calchaquí.

La audiencia de prisión preventiva tendrá lugar este viernes 16 de julio.

En la audiencia imputativa realizada el jueves que estuvo presidida por el juez penal Santiago Banegas, el fiscal Aldo Gerosa imputó a los 12 cazadores que fueron aprehendidos en la zona de El Palmar.

Para atribuirles los delitos, el fiscal se centró en cuatro hechos puntuales, a los cuales describió:

En la tarde del día sábado 10 de julio de 2021 entre las 13 y las 16, haber ingresado sin permiso ni autorización al campo denominado “Establecimiento La Cigüeña”, propiedad de Roberto Marconi, ubicado en zona rural Distrito Pavenham, circulando en 3 automotores y portando a tiro lanchas con motor fuera de borda.

Luego, se dirigieron a la costa de la llamada “Laguna El Palmar”, deteniendo los vehículos bajo un puente en la Ruta Provincial 37 para proceder a largar al agua las lanchas que llevaban de remolque a unos 100 o 200 metros del puesto de Esteban Héctor Castañeda, peón rural, domiciliado en ese mismo lugar, habiendo conversado uno de los que viajaba en una Toyota con un hijo, preguntándole por los chivos y dejándole de regalo facturas; en todos los casos, navegaron hacia el sur.

Tiempo después de la última zarpada, cerca de las 17, desde las embarcaciones, obrando en conjunto, con división de tareas y un plan único de acción acordado entre todos, en forma coordinada, haber dado muerte con disparos de arma de fuego tipo carabina calibre 22 y fusil calibre 308 o similar, a 7 animales de ganado menor ovino y caprino, propiedad del señor Castañeda, majada que estaba a unos 200 o 300 metros de la vivienda del propietario del ganado y que los autores de los disparos habían visto y conocían, para acercar las embarcaciones a la costa, arrastrando los cuerpos de los animales hacia la orilla y cargándolos en las lanchas, apropiándose de los mismos.

Luego, y dejando heridos una chiva en el cuello y un cordero en la garganta, que terminaron muriendo en el corral del propietario, siguieron en las lanchas unos 6 o 7 km por el curso de agua llevándose los animales muertos, apareciendo huesos en la ranchada o campamento que hicieron.

Entre los autores de este hecho se cuenta también a Martín Ocampo y Carlos Moragues.

El segundo hecho fue descripto por el fiscal de la siguiente manera: “Desde el domingo 11 de julio a media mañana y hasta el 12 de julio 2021 aproximadamente las 14, constituido campamento o ranchada en la zona llamada “Los Palmares” de la zona rural de La Gallareta, a unos 40 kilómetros al cardinal Sur oeste de la mencionada localidad y a la vera del Arroyo “El Calchaquí”, sobre la margen este, teniendo en su poder sin portar credencial o constancia de registro de legítimos usuarios de armas de fuego vigente, ni constancia de la registración de las armas a sus nombres, ni las tarjetas de consumo habilitantes, las siguientes armas de fuego y cartuchería.

Respecto del tercer hecho, el fiscal Gerosa sostuvo solo para el policía Iván Nicolás Dudiuk, que luego de haber tomado conocimiento de los delitos cometidos ayudó a los autores a desaparecer los rastros o vestigios del abigeato (se encontraron algunos huesos y restos de cebo y carne cocida oculta entre la maleza) y haber omitido denunciar la perpetración del delito, no haber individualizado a los autores o partícipes de un delito conocido, pese a estar por su función, estado y grado policial a promover la persecución penal de un delito de esa índole.

Para referirse la cuarto hecho imputado, el representante del MPA sindicó solo para Gustavo Vandini: “Luego de haber tomado conocimiento entre los días 9 y 10 de julio 2021 de padecer síntomas compatibles con la enfermedad Covid-19, sabiendo de su peligrosidad y facilidad de contagio como la situación de contagios en Calchaquí y zona, haber viajado el sábado 10 de julio en horario de la siesta con 9 personas más en vehículos particulares, haber llegado e ingresado sin permiso ni autorización a la “Establecimiento La Cigüeña”, propiedad del Roberto Marconi, ubicado en zona rural Distrito Pavenham, haber colaborado a largar lanchas con motores fuera de borda y navegar unos 6 o 7 kms hacia el sur, hasta hacer una ranchada o campamento en la zona llamada “Los Palmares” de la zona rural de La Gallareta, campamento en el que se sumaron 3 personas más.

En tales circunstancias, le endilgó haber permanecido en el lugar, alojados en carpas, compartiendo actividades de caza, pesca, cocina, etc. con lo demás imputados, poniendo a todos en riesgo cierto de contagio y propagación de enfermedad grave, violentando las disposiciones de distanciamiento o aislamiento para quienes presentan síntomas compatibles con la enfermedad y la obligación impuesta por autoridad competente de aislarse en el propio domicilio”.

Puntualmente, a cada uno de los cazadores se les imputó:

Néstor Andrés Gallego:

Abigeato cuádruplemente agravado de 7 animales de ganado menor, y ello, en concurso ideal con: violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa y con desobediencia a mandato de autoridad competente.

Gustavo Javier Vandini y Martín Osvaldo Ocampo:

Abigeato cuádruplemente agravado de 7 animales de ganado menor, en concurso real con tenencia ilegitima de armas de fuego de guerra y uso civil condicional y ello, en concurso ideal con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa y con desobediencia a mandato de autoridad competente, violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa.

Marcelo Alejandro Brouet:

Abigeato cuádruplemente agravado de 7 animales de ganado menor, en concurso real con: tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil y ello, en concurso ideal con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa y con desobediencia a mandato de autoridad, tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil.

Carlos Valentino Moragues:

Abigeato cuádruplemente agravado de siete 7 animales de ganado menor en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil y ello, en concurso ideal con: violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa y con desobediencia a mandato de autoridad competente.

Claudio Néstor Carrara y Omar David Fillon:

Tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil en concurso real con: infracción a la ley 22.421 doblemente agravada en concurso ideal estas figuras con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa,

José María Centurión y Jorge Alberto de lo Santo:

Tenencia ilegitima agravada de armas de fuego de guerra y uso civil condicional, en concurso real con 2º hecho: infracción a la ley 22.421 doblemente agravada en concurso ideal esta figura con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa.

Roberto Javier Moragues y Omar Caro:

Tenencia ilegítima agravada de armas de fuego de guerra y uso civil condicional, en concurso real con 2º hecho: infracción a la ley 22.421 doblemente agravada en concurso ideal esta figura con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa.

Iván Nicolás Dudiuk:

Tenencia ilegítima agravada de armas de fuego de guerra y uso civil condicional (reiterada en dos armas), en concurso real con: infracción a la ley 22.421 doblemente agravada en concurso ideal estas figuras con violación a disposiciones sanitarias de autoridad competente para evitar la propagación de enfermedad contagiosa, y con incumplimiento de los deberes de funcionario publico, en concurso real con encubrimiento agravado por ser un delito grave el hecho precedente y por tratarse de un funcionario público el encubridor.

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