Con fecha 28 de junio de 2018 la autoridad de la Región II de Educación con sede en Reconquista, Prof Lucía Escobar, emitió la Circular 03/2018 dirigida a los Directores/as y al personal escolar de todas las escuelas comprendidas en dicha regional, a través de la cual se solicita llevar adelante determinadas ” líneas de gestión” durante el receso escolar invernal dispuesto por calendario escolar del 9 al 20 de julio.

La normativa vigente Decreto 4597/83 del Reglamento de Licencias para el personal docente, establece en inciso 3 que “durante el período de receso el personal docente no tendrá obligación de concurrir a sus tareas, mientras así no lo exijan las necesidades del servicio educativo”.

Cabe señalar aquí que históricamente los maestros y maestras vienen realizando turnos durante el receso invernal según lo dispuesto y acordado con el equipo directivo y sus compañeros/as docentes de sus instituciones educativas.

“ Desde AMSAFE Gral Obligado vemos con preocupación que:

✓ No se reconocen los márgenes de autonomía de los equipos directivos de las escuelas para orientar y definir con su personal docente las actividades que de acuerdo al proyecto institucional se consideran necesarias desarrollar en el receso invernal según las particularidades y necesidades de cada nivel y modalidad del sistema educativo. Sino que se imponen “líneas de gestión” para todos por igual como “necesidades del servicio educativo” tales como “resultados del Aprender 2017”, “anteproyecto de Ley de ESI”, “datos de matrícula”.

✓ Se pone el énfasis en la “asistencia” de los docentes a las escuelas durante el receso invernal sin considerar la complejidad actual del trabajo docente ligada a las condiciones ambientales y materiales que impactan en la salud física y emocional de los docentes . Al punto tal de exigir en las escuelas que los docentes deben informar si viajan, adónde y cuándo en los días en que no deban cumplir turnos. Intimidatorio e inédito mecanismo de control sobre la vida personal que no corresponde en estos términos realizar.

✓ Establece que los directivos que aún dispongan de días de licencia anual, deben tomárselos en el receso invernal lo que sin dudas generará disparidad en el  funcionamiento institucional de cara a las líneas de gestión dispuestas en dicha circular.

Cotidianamente los maestros y profesores planifican clases, organizan actos, se reúnen con sus compañerxs, hacen proyectos, corrigen pruebas, destinan tiempo extraescolar. Normar la actividad docente en el receso invernal porque “las vacaciones son para los alumnos”, es ir en desmedro de una visión antropológica del trabajo docente , del docente como sujeto trabajador/a, que ejerce control sobre su propio hacer en el diseño y la evaluación del hecho educativo.

Por todo lo expuesto consideramos que medidas como ésta no contribuyen a la construcción de una escuela democrática basada en el respeto, la confianza y la valoración del trabajo docente.

CD AMSAFE GRAL OBLIGADO

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