Leonardo Virili está acusado por la muerte de la docente ocampense María Rosa Morán.
En la Oficina de Gestión Judicial del Colegio de Jueces de Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial N° 4 de Vera se llevó a cabo una nueva audiencia por el caso de María Rosa Morán (38), quien fuera embestida por un karting conducido por Leonardo Virili (29), que sin luces, circulaba por la Ruta 32. Allí perdió la vida la joven docente.
El pedido de recusación
El 9 de octubre, Leonardo Virili, mediante su abogado, el Dr. José Turbay, solicitó la Recusación de la Dra. Claudia Bressán, quien interviene en la causa. La defensa de Virili fundamentó que “existen dudas razonables” en cuando a la imparcialidad de la jueza, ya que ésta dictaminó la prórroga de la detención del acusado por la muerte de la docente ocampense María Morán, el pasado 27 de septiembre, sin “hacer un control de legalidad y constitucionalidad de la detención”.
En esa oportunidad, la Dra. Bressán rechazó su apartamiento de la causa y se pactó una nueva audiencia para el 26 de octubre, en la ciudad de Reconquista, donde la defensa de Virili ratificó la pretensión de recusar a la Magistrada por la “ilegítima detención de Virili”, incluso mientras éste se encontraba internado en el Hospital de Reconquista.
La palabra del fiscal Juan Carlos Koguc
Ante esto, seguidamente intervino en la audiencia el fiscal Juan Carlos Koguc, quien indicó que la jueza realizó el control de la legalidad de la detención cuando el informe médico de Virili establecía que no podía presenciar la audiencia por su estado de salud. Añadió que “la detención no es ilegítima y fue controlada por la Jueza de garantías” y que, incluso, se respetaron todos los derechos y garantías del imputado, levantando la incomunicación que pesaba sobre él. El fiscal también afirmó que el pedido de recusación de la jueza Bressán fue una “chicana” del abogado Turbay, cuyo planteo fue presentado media hora antes de realizarse la Audiencia.
Las conclusiones del Tribunal</p> <p style=»text-align: justify;»>Finalmente, luego de escuchar a las partes, el tribunal manifiesta que la Dra. Bressán realizó el debido control de legalidad y constitucionalidad de la detención y que el pedido de recusación por parte de la defensa de Virili “carece de aptitud para lograr la separación de la Dra. Bressán”.
Resolución
1) Rechazar la recusación formulada contra la Dra. Claudia Bressán, la que deberá seguir interviniendo en la IPP de la presente causa.
Fuente – Horizonte Noticias