Esteban Hanna Farah fue condenado este viernes pasad las 10 de la mañana en la Oficina de Gestión Judicial, de Las Toscas, a 11 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo. El abogado querellante y el fiscal adelantaron que apelaran, la sentencia.

El tribunal compuesto por los doctores Santiago Banegas (presidente), Gustavo Adrián Gon (vocal), y Martín Gaúna Chapero (vocal), arribo a la Oficina de Gestión Judicial pasada las 9 de la mañana, en tanto al frente de la sede judicial, se concentraban los familiares y amigos de la víctima, que llegaron desde Florencia, pidiendo justicia, los últimos en llegar fueron el acusado, junto a su madre Alicia del Carmen Rouvier, y los abogados defensores Andrés Santos Indalecio Ghio y Ricardo Ceferino Degoumois.

Por parte del Ministerio Publico de la Acusación, estuvo el fiscal Juan Carlos Koguc, y el abogado querellante el doctor Juan José Fariz.

El hecho

En la madrugada del 30 de agosto de 2017, Esteban Hanna Farah ingreso a la casa de su familia ubicada, por calle San Martín al 264 de la ciudad, mientras tenían relaciones sexuales, la víctima, junto a la madre del victimario, el ahora condenado, abre la puerta de la habitación, donde estaban intimando su madre y Culaciati; y le dispara dos disparos con una arma de fuego de guerra, un revolver de origen europeo, que fue fabricado a mediados del siglo XIX, según explico el perito Nicolás Sandrigo, en la ronda de testimoniales, brindada hace unos días atrás.

El segundo disparo, le provocó la muerta a los pocos minutos, que recibió el impacto del proyectil, “cuando llego al hospital, estaban sin vida, no se podía hacer nada” indico el médico de guardia Rodolfo Locatelli, en su testimonio.

La sentencia

El resultado por unanimidad dictado por el Tribunal fue:

1-Rechazar la calificación legal de los hechos formulados por los representantes del Ministerio Publico de la Acusación y de la parte de querellante, como homicidio calificado por alevosía (Artículo 80-inciso 2°-del Código Penal).

2-Condenar al imputado… como autor penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego y tenencia ilegitima de arma de fuego de guerra, en concurso real entre sí (Articulo 79, 41 bis, 189 bis-inciso 2°, párrafo 2°-45 y 55 del Código Penal; 3 de la ley N° 20.429 y 5.2.d del Decreto 395/1975); a la pena de 11 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, con más sus accesorios legales y costa.

3- Ordenar el decomiso del revolver modelo Lefaucheux y de los 6 proyectiles correspondientes a dicha arma secuestrados en el marco del presente proceso, procediéndose a su entrega al Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia, par que disponga su destino según su relevancia científica, historia o cultura (Articulo 4, inciso C, de la Ley N° 10.887).

4-Ordenar la devolución al Ministerio Publico de la Acusación del restante material balístico, armas de fuego y demás efectos secuestrados en el marco de la presente causa, a los fines que pudieren corresponder.

5-Diferir el cómputo de la pena, hasta el momento en que el decisorio adquiera firmeza.

6-Duferir el cálculo de los honorarios para su oportunidad.

Apelarán la sentencia

Una vez escuchada la sentencia dictada por el tribunal, la querella y el fiscal adelantaron que apelarán la sentencia, que condena a 11 años y 6 meses a Esteban Hanna Farah.

En contacto con Florencia Hoy, que trabajo en vivo desde la OGJ de Las Toscas, y con otros medios apostados en el lugar, la madre de la víctima, catalina Nelida Culaciati, al igual que los familiares y amigos de Leandro Durando Culaciati, mostraron su descontento por la sentencia.

La querella y la fiscalía habían pedido cadena perpetua.

Tanto el abogado querellante Juan Fariz, como el fiscal Juan C. Koguc adelantaron, que van a apelar.

Fuente – Informe y fotos – Florencia Hoy

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