El pasado martes 20/02/18 el Fiscal General de la Provincia Jorge Baclini recibió en la sede de la Fiscalía General del Ministerio Público de Acusación (MPA) en la ciudad de Santa Fe a la dirigencia de CARSFE – Confederación de Asociaciones Rurales de la Provincia de Santa Fe- a los fines de abordar diversos aspectos relativos a los hechos de inseguridad que acontecen en el ámbito rural.
En representación de CARSFE acudieron a la audiencia solicitada por dicha entidad su Presidente Carlos Castagnani, el Vicepresidente Mario Saliva, el Secretario Ignacio Mántaras, el Coordinador de la Comisión de Seguridad Rural de la entidad Gerardo Vicentini y el integrante de dicha comisión Juan Manuel Arauz Castex, mientras que el Fiscal General estaba acompañado por el director de Legal y Técnica de la Fiscalía General, Fabián Álvarez.
Luego de la exposición de los objetivos y de algunos aspectos del diagnóstico de situación elaborados por la Comisión de Seguridad de CARSFE, y de la explicación de la modalidad de trabajo de la misma, los dirigentes rurales se pusieron a disposición para brindar sus aportes en las investigaciones relacionadas a delitos vinculados al campo. –
Los presentes acordaron desarrollar un trabajo conjunto en pos de mitigar la situación de inseguridad en las zonas rurales y evaluar acciones para controlar el delito en dicho ámbito.-
CARSFE hizo entrega al Sr. Fiscal General de un documento elaborado por la institución.
Santa fe, 20 de febrero de 2018.
Señor
Fiscal General
Jorge Camilo Baclini
Ministerio Público de la Acusación
Presente
Nos dirigimos a usted, a fin de poner a vuestro conocimiento que nuestra confederación ha creado a partir del 21/07/2017 una “Comisión de Seguridad Rural” debido a la importante cantidad de delitos que vienen golpeando duramente al tejido social agropecuario.-
Nuestra Confederación está conformada por 30 entidades (Sociedades Rurales en su gran mayoría y asociaciones de productores) que le dan a la misma una vasta representación en todo el territorio provincial. A la luz de lo expuesto precedentemente la consideramos una “Comisión estratégica”.-
La misma, está integrada por representantes de las entidades, en su mayoría productores víctimas de delitos y cuenta con la enorme ventaja de que en la mayoría de los casos son productores/profesionales vinculados a la actividad (agrónomos y veterinarios), como así también abogados, ingenieros, especialistas en informática, etc.. Cuenta además con asesoramiento “Ad Hoc” de profesionales dedicados al derecho penal y a temas de seguridad.
Para el abordaje de un tema tan complejo y a la vez tan sensible, se aplicó la metodología de “Enfoque de Sistemas” que como usted conocerá, es un método de investigación, una forma de pensar, que enfatiza el sistema total en vez de sistemas componentes, se esfuerza por optimizar la eficacia del sistema total en lugar de mejorar la eficacia de sistemas cerrados.-
Dicho en otras palabras, en este caso la “Seguridad Rural” es vista como un todo: desde la prevención del delito hasta la sentencia condenatoria de los imputados y la contención y el resarcimiento económico de la víctima.-
Tradicionalmente, los problemas generados por los delitos rurales, siempre fueron abordados en el territorio (ámbito de influencia de una Sociedad Rural en particular) a través de reuniones con las fuerzas de seguridad y autoridades locales (que actuaban a modo de contención). Estas “movidas” producto de la coyuntura en ocasiones apaciguaban el delito por un tiempo para luego volver a la situación anterior.-
En función de lo expuesto nuestro trabajo en una primera etapa es analizar el funcionamiento del “sistema” con el objeto de detectar los “puntos críticos” que generan fallas en dicho funcionamiento que se traduce en magros resultados finales y en consecuencia en una baja productividad en función de los recursos invertidos.-
En este contexto, por supuesto que el Ministerio Público de la Acusación (MPA) es abordado como un sub-sistema.
Si Consideramos parte de los Objetivos del MPA :
El MPA tiene como objetivo primigenio la persecución penal que debe realizar el Estado Provincial de los delitos que establece el Código Penal de la Nación. En esta misión primordial, tiene a su cargo una doble función:
– la definición de los lineamientos que debe seguir la investigación criminal pública, en el marco de la cual fija prioridades y criterios de averiguación de delitos; y
– la posterior dirección de la ejecución de la investigación y gestión racional de los conflictos que se presenten.
Fuente: Página Web – MPA
Y lo expresado en:
Primer Documento Base para la implementación de una Política de Persecución Penal Democrática. Capítulo III:
III.Priorizar y orientar los recursos y acciones de investigación y persecución penal hacia los comportamientos delictivos generadores de altos daños sociales y económicos
El artículo 11 inciso 1 de la Ley N° 13013, al regular las funciones del MPA en materia de persecución penal, contempló que el mismo deberá “establecer y ejecutar los lineamientos de la política de persecución penal en el ámbito provincial, fijando las prioridades y criterios de la investigación y persecución de delitos”; esta función deviene a su vez reforzada por la previsión del inciso 2 del mencionado artículo, que especifica que al MPA le compete “dirigir la investigación de los delitos de acción pública y ejercer la acción penal ante los tribunales, preparando los casos que serán objeto de juicio oral y resolviendo los restantes según corresponda”.
Amparados en los preceptos legales mencionados y en consonancia con lo expresado en los puntos 3, 6 y 7 de la Primera Parte del presente Documento, concebimos que uno de los grandes desafíos de la implementación de una política de persecución penal democrática estará dado por la posibilidad concreta de modificar los tradicionales y regulares patrones de selectividad del sistema de justicia penal a los que hemos aludido. El sistema de justicia penal argentino mantiene una marcada regularidad respecto a sus modalidades de selectividad; un dato ilustrativo de ello es que el año 1998, el 53,4% de las condenas aplicadas versaban sobre delitos contra la propiedad (hurtos y robos) a los que se les debe anexar los encubrimientos por robos menores que alcanzaba 4,48% de las sentencias. De su sumatoria obtenemos un 57.88% del total de sentencias. Para el año 2007 (último año de acceso a estadísticas oficiales), las proporciones se mantienen constantes, ya que las condenas por robos y hurtos comprenden el 54,80% del total, y los encubrimientos 6,25 %. Es decir que entre ellos suman el 62,2% de las sentencias condenatorias. En consonancia con ello, el 61% de las personas privadas de la libertad lo está por delitos contra la propiedad, el 15% por delitos de homicidios y tentativas y el 8,4% por delitos vinculados con las drogas (Gutierrez, 2011:4).
Los incisos 1 y 3 del artículo 11 de la Ley N° 13013, ligados a los incisos 1 y 2 del artículo 3 de la misma ley, llaman al reconocimiento y consecuente intento de corrección del funcionamiento selectivo y desigual del sistema de persecución penal, correspondiendo al Fiscal General la función/deber de fijar políticas adecuadas y más justas de persecución penal. En ese cometido, las actuales distorsiones del sistema penal proporcionan, por vía negativa, pautas interesantes para definir una política de persecución penal que tire sus redes sobre los delitos graves (homicidios, torturas, abusos policiales), los delitos de funcionarios públicos, los delitos vinculados o que pueden proyectarse sobre los hechos de corrupción (tanto pública como privada), los delitos económicos de sectores poderosos y con consecuencias sociales económicas graves, etc., es decir, aquellos hechos que permiten generar credibilidad en un sistema de justicia penal y que, suele integrar el estado de impunidad (Erbetta et al, 2008:220).
En definitiva, lo que pretendemos desarrollar, amparados en el marco normativo referenciado, es un control de la criminalidad mediante la una “persecución penal estratégica”. En orden a ello, se recomienda a los órganos del MPA que procuren concentrar sus esfuerzos, priorizando y dirigiendo los recursos y acciones de investigación y persecución penal hacia la efectivización de la tutela penal de aquellos derechos e intereses fundamentales y colectivos de la ciudadanía santafesina tales como la vida, la libertad, la salud, el medio ambiente y los recursos públicos y económicos. En consonancia con lo anterior se insta a todos los órganos del
MPA a desarrollar acciones y estrategias de colaboración, cooperación y ejecución conjunta en materia de persecución penal de delitos complejos y organizados con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales. Específicamente se deberá avanzar en acciones de cooperación y ejecución conjunta con Ministerios Públicos Provinciales y con la Procuración General de la Nación respecto a áreas temáticas como la narcocriminalidad, los delitos económicos y complejos, así como los vinculados a trata de personas.
Consideramos importante aclarar algunos aspectos que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de fijar la “Política de Criminalidad” para el sector rural.-
Entendemos, por el trabajo realizado en la comisión y la experiencia de muchos años, que el enfoque dado a los delitos rurales, salvo excepciones, se basan en “delitos contra la propiedad (hurtos y robos)”.-
No es objeto de la presente analizar la importancia que tiene el sector agropecuario en el PBI provincial. Sí, en este punto, consideramos relevante tener en cuenta los siguientes aspectos:
1) Es fundamental para la provincia recomponer el tejido social agropecuario y la ruralidad (entendiéndose por la misma, todo el entramado social que vive directa e indirectamente del sector en los pequeños pueblos del interior provincial).-
2) Es fundamental contemplar el proceso de crecimiento de los grande conurbanos (fundamentalmente Rosario y Santa Fe), que en cierta medida se produce por el éxodo rural.-
3) Para ello, el estado provincial, con sus más y sus menos, está abocado a la instrumentación de políticas públicas de incentivo al sector: desde obras de infraestructura (hídricas, viales, de acceso a la salud y a las comunicaciones) hasta planes de recomposición de los sistemas productivos (principalmente lechería y ganadería) o la formación y mantenimiento de pymes agropecuarias o empresas familiares. Como puede verse, la inseguridad es un tema transversal a todos los ministerios respecto de sus políticas orientadas al sector.-
4) Todo los recursos que el estado invierta en función de lo expuesto en el punto 3, estarán absolutamente sub-utilizados en la medida que la inseguridad no sea abordada con un cambio de paradigma.-
5) No es posible recomponer los sistemas productivos destruidos (por causas que no vienen al caso) sin realizar modelos de inversión y radicación de personas en el territorio cuyos primeros resultados podrán verse en 5 a 10 años.-
6) No es posible producir en el agro sin vivir en el mismo (dueños y/o empleados) y nadie va a vivir en el agro en la medida que exista la posibilidad que pueda ser saqueado, violentado o asesinado.-
7) INSEGURIDAD es sinónimo de desánimo, desinversión, desarraigo, destrucción del tejido social agropecuario y abandono de la cultura del trabajo.-
8) Como veremos más adelante, los delitos rurales se encuentran enmarcados bajo la estructura de organizaciones criminales que operan en el territorio con algún tipo de protección que les garanticen reducir el producto robado.-
9) El producto robado, en el caso específico de abigeato, atenta directamente contra la salud pública puesto que la carne comercializada se realiza sin ningún tipo de control bromatológico tanto referido a enfermedades que el animal pueda estar incubando (caso carbunclo donde ya hubo muertes reportadas en un ilícito a causa de esta enfermedad en la provincia), tuberculosis, brucelosis, etc. De la misma manera el consumo de carne de animales recién medicados cuando el SENASA fija para los distintos tipos de medicamentos períodos de restricción del consumo que van desde los 7 días a los 45 días para que desaparezcan sus residuos en carne.-
En función de lo expuesto consideramos necesario un cambio de paradigma en el enfoque de la lucha contra el delito rural tal como lo expresa el documento sobre Política de Persecución Penal Democrática: “persecución penal estratégica”. En orden a ello, se recomienda a los órganos del MPA que procuren concentrar sus esfuerzos, priorizando y dirigiendo los recursos y acciones de investigación y persecución penal hacia la efectivización de la tutela penal de aquellos derechos e intereses fundamentales y colectivos de la ciudadanía santafesina tales como la vida, la libertad, la salud, el medio ambiente y los recursos públicos y económicos.
A continuación detallamos los objetivos de la comisión, su modalidad de trabajo y los resultados obtenidos del trabajo realizado como “prueba piloto” con Sociedad Rural de Romang.
Objetivos de la Comisión de Seguridad Rural:
Primarios
– Canalizar la representatividad de la Confederación en la interlocución con los poderes del estado (en una primera instancia Ejecutivo y Judicial) de modo que los requerimientos y aportes se efectúen por los canales institucionales formales, de manera periódica: CARSFe con los funcionarios respectivos: Ministro de Seguridad y Fiscal General.
Secundarios
– Instalar el concepto de “seguridad rural” ante las Autoridades, las Instituciones de cualquier orden, la opinión pública y su impacto en la producción.-
– Establecer líneas de trabajo y cooperación con el Ministerio de Seguridad y el Ministerio Público de la Acusación que permitan facilitar la prevención del delito, las denuncias, el accionar policial y encauzar los trámites judiciales a través de fiscales idóneos con el objeto de conseguir condena de los imputados y contención y resarcimiento económico de las víctimas.-
– Crear un sistema de gestión que administre las dificultades que las Sociedades Rurales vayan encontrando en el ámbito de sus territorios y/o asociados.-
– Generar información a las Sociedades Rurales sobre normas de procedimientos (protocolos) para la prevención, la denuncia, la investigación y el seguimiento de las demás instancias judiciales.-
Modalidad de trabajo
– Las Sociedades Rurales desempeñarán como hasta ahora el rol territorial, definiendo las acciones que crean oportunas con las autoridades locales.-
– La comisión tratará de replicar toda experiencia positiva desarrollada en un determinado territorio a toda la provincia, tendiendo a estandarizar los procedimientos y a crear “conciencia” sobre la importancia de realizar las denuncias correspondientes.-
– Se tenderá al trabajo a un esquema de trabajo conjunto con los Ministerios de Seguridad y el de Acusación, con agenda de temas, orden del día, acta, informes periódicos, metodología que permita un seguimiento de las acciones desarrolladas y por desarrollar.-
– Se definirá una estrategia de comunicación para instalar en la opinión pública la magnitud del “delito rural” y su impacto económico y social en la producción.-
– Se tratarán de generar vínculos con los ámbitos académicos, colegios profesionales (abogados), etc., con el objeto de facilitar la formación de profesionales del derecho con conocimiento del ámbito rural (principalmente fiscales).-
– Se tenderá a conformar un Centro de Información del delito rural (Mapa del delito), que permita obtener información para incidir en políticas públicas de seguridad. Para ello se evaluarán alternativas que utilicen las TIC (tecnologías de información y comunicación) ya desarrolladas y/o en desarrollo en el ámbito público, complementadas con encuestas en las campañas de aftosa, redes sociales o cualquier método que pudiera desarrollarse en el futuro.-
– Se tenderá a establecer líneas de trabajo y cooperación con el Poder Legislativo, el Ministerio de la Producción, la Agencia de Seguridad Alimentaria y cualquier otro organismo que facilite el cumplimiento de los objetivos propuestos.-
– Se realizará un análisis y seguimiento del presupuesto asignado anualmente al área de seguridad rural y la dinámica de su distribución en los diferentes distritos. De la misma manera se procederá con la capacitación del personal en sus diferentes niveles.-
Sobre este esquema, se eligió una Sociedad Rural como prueba piloto: “Sociedad Rural de Romang”, departamento San Javier que comprende una amplia zona de islas, siendo la misma un área muy “caliente” en materia de abigeato.-
Si bien el trabajo se encuentra en sus etapas iniciales y por lo tanto disponemos de estadísticas preliminares, sobre el trabajo realizado en dicho territorio sumado al sistema de recopilación de casos de inseguridad a través de nuestras sociedades rurales y a los primeros resultados sobre protocolos de estandarización de informes sobre actividades realizadas por las entidades, podemos aportar las siguientes conclusiones:
1) No encontramos diferencias en cuanto a la magnitud del delito urbano y el rural.
2) Los productores víctimas en su gran mayoría “NO DENUNCIAN” debido a años de ineficacia e impunidad.
3) Esto hace que en apariencia el delito ocurra en cuenta gotas y no sea significativo para la opinión pública. No tiene la repercusión mediática del delito urbano.
4) Hay como una especie de adormecimiento por parte de las víctimas, que especialmente en caso de robo por goteo lo asumen como pérdida hasta que abandonan la actividad.
5) El problema es GRAVE, en los relevamientos realizados la gran mayoría fue víctima de hechos delictivos y es llamativa la cantidad de productores que en el transcurso de años han dejado de vivir en los campos para pasar a vivir en los centros urbanos.
6) Hay problemas de desarraigo, inconvenientes para que los empleados queden en los puestos. Esto trae aparejado dificultades respecto de la seguridad de maquinarias e insumos en establecimientos que quedan sin nadie a cargo. Este punto se irá agravando en la medida que los municipios y comunas sancionen normativas que prohíban el depósito de insumos y maquinarias agrícolas en las áreas urbanas.
7) En todo el territorio actúan bandas organizadas, que efectúan inteligencia previa o actúan bajo zonas liberadas, con logística para realizar el delito y comercializar el producto robado.
8) Estas organizaciones cuentan con algún tipo de protección.
9) Los productores de las zonas peri-urbanas se encuentran totalmente expuestos a todo tipo de delito. En estas zonas se hace muy evidente la ineficiencia del accionar policial debido a las competencias de cada policía, sobre todo si la Guardia Rural del distrito se encuentra alejada de ese centro urbano.
10) En caso de detenidos (imputados), existen estudios de abogados dedicados a dilatar el proceso judicial, recusar jueces de manera que las causas terminen en Conjueces (designados por sorteo y en los distritos más periféricos pueden ser abogados no especialistas en derecho penal). Esto retroalimenta el sistema delictivo debido a que los honorarios de estos profesionales son afrontados con otros hechos delictivos por parte de los imputados.
11) La provincia de Santa Fe cuenta con un nuevo sistema procesal penal, donde una vez ocurrido el delito, el Fiscal pasa a ser el centro del proceso y La Guardia Rural “Los Pumas” sólo puede actuar bajo su directiva.
12) No hay fiscales especializados en el delito rural (no entienden de campo) y además de ser pocos en número para todo el territorio, tienen que atender todos los delitos (urbanos y rurales).
13) Una vez efectuada la denuncia (cuando se sortean las dificultades que a veces se presentan para realizarla), no existe adecuada sincronía entre estos dos eslabones (policía y fiscalías) y el productor no encuentra respuestas adecuadas que le den un mínimo de contención.
14) En su gran mayoría los productores desconocen el rol de los fiscales y la existencia del nuevo código procesal penal.
15) Salvo contados casos y por iniciativa de la víctima, no existe cercanía entre fiscales y víctimas, por lo que no podemos hablar de contención a la misma.
16) No se percibe presencia en territorio de los fiscales, recorriendo la zona y tomando contacto con los productores.
17) Se han reportado casos donde el productor se acercó a la fiscalía para hacer la denuncia y al estar el fiscal ausente u ocupado le dijeron que se dirija a la “Guardia Rural”.
18) No existen mecanismos aceitados que permitan a la víctima conocer el estado de su causa y el desarrollo del proceso de investigación
19) Produce total desánimo la captura “en flagrancia” de los delincuentes y su liberación a las pocas horas sin Audiencia Imputativa. Tal es el caso ocurrido en los útimos 15 días en Romang donde en el primer caso fueron liberados y el segundo, aproximadamente 15 días después bajo la acción de otro Fiscal, en 5 días el caso fue resuelto con condena, resarcimiento a la víctima, aporte económico a las fuerzas y a la comunidad, trabajo comunitario y restricciones.
20) Lo expresado en el punto 19. Induce a pensar que no existe una estrategia común en el accionar de los fiscales frente al delito rural.
21) Hasta donde se pudo averiguar, en ningún caso de los relevados la investigación, cuando hubo imputados en flagrancia, avanzó hacia las comercialización del producto (no se allanaron carnicerías: importante por la salud pública) ni las redes de protección (organizaciones criminales).
22) Llama la atención que en los informes de Gestión de la Fiscalía Regional 4 esté disponible solamente el Informe de gestión – FR 4 – 2014.
23) Respecto de la Guardia Rural, no está debidamente entrenada (sobre todo personal citadino que no conoce nada de campo) y mal equipada. Según un informe de SR de Romang la guardia cuenta con 7 hombres para patrullar 500.000 has.
24) La situación es MUY PREOCUPANTE. Además hay que tener en cuenta que en la medida que las autoridades sean efectivas en el combate del delito urbano (altamente demandado en estos momentos por la sociedad), el crimen muta, cambia de modalidad y se va a desplazar a las áreas menos protegidas y el sector rural es sin dudas una de ellas.
Respecto de modalidades delictivas, en términos generales podemos citar para todo el territorio provincial los siguientes delitos:
Abigeato en sus distintas modalidades
Faenas clandestinas de uno a varios animales
Sociedad Rural de Romang registró 60 denuncias en 70 días lo que da un promedio de un animal por día. En lo que va del año recopilaron más de 100 denuncias y ningún caso fue resuelto.
Un productor denunció que la carne se vende en bolsas en el pueblo a $ 30 el kg o es trasladada de noche en colectivo a la ciudad de Santa Fe y se vende al mismo precio.
La reiteración del delito en un mismo productor es otro factor a tener en cuenta (ensañamiento), un productor de la zona lleva más de 10 carneadas en lo que va del año y 100 desde que comenzó la actividad (todas con denuncias efectuadas).
Las faenas que antes ocurrían de noche, ahora se hacen de día y se han reportado casos de encuentro de los encargados durante sus recorridas con los delincuentes con el RIESGO QUE ELLO IMPLICA PARA LA VIDA.
En la zona de Rafaela se reportaron faenas de terneros holando de guachera (guachera del INTA incluida).
Robo de animales (de a uno o tropas)
Un informe de la Sociedad Rural del Noroeste de Santa Fe reporta para la zona de La Rubia, Colonia Ana, Villa Trinidad y Arrufó faltantes de hacienda en pie en un número que asciende a más de 250 cabezas y con respecto a las faenas clandestinas suman más de 200.
Robo de maquinarias agrícolas
(Tractores, sembradoras, desencontrados, pulverizadores, etc. o partes de maquinarias como baterías, caja de herramientas, burros de arranque, ruedas, etc.). En este punto, a raíz de la denuncia por la sustracción de un fumigador de arrastre marca Caimán 3000 serie E cercano a la localidad de Ibarlucea en el sur de Santa Fe, la comisión toma conocimiento que la investigación recae en la Fiscal Verónica Caini a cargo de la Unidad Fiscal Especial (UFE) de Causas con Imputados No Individualizados. Según sus declaraciones a Rosario12 en diciembre del 2015, la UFE recibe más de 5 mil expedientes mensuales (delitos urbanos y rurales) y su tasa de esclarecimiento no va más allá del 1.5 %.
Silo Bolsas
Robo de su contenido o daño (cortada del silo bolsa). El último reporte recibido fue en Avellaneda, localidad ubicada al NE de Santa Fe donde rompieron bolsas de silos de forraje.
Agroquímicos y otros insumos agrícolas
Semillas para siembra en bolsas y en tolvas
Alambrados recién instalados
Molinos, según última información muy común en el departamento 9 de julio y no sólo de cilindros por el bronce sino se han reportado casos de robos de molinos completos (torre, máquina y demás accesorios).
Entraderas
El informe de la Sociedad Rural del Noroeste de Santa Fe mencionado con anterioridad reporta 60 casos denunciados sobre saqueos a establecimientos.
Robo de cables eléctricos y transformadores de la Empresa Provincial de la Energía (EPE), además de herramientas de todo tipo. Un productor cuyo establecimiento se ubica a 3 Km. de la ciudad de Rafaela fue robado 7 veces durante el 2017 y en 3 oportunidades le robaron el transformador que se encuentra a 6 mts de altura (otro caso de ensañamiento). Los últimos 2 robos fueron el 31/12/17 y el 13/01/18.
Usurpación ilegal de campos
Además del sonado caso que se refiere a un campo de 5.000 has, denominado ‘El Palmar‘ que se ubica al este del Distrito Gato Colorado, con fallo de Cámara de Apelación Civil que favorece al propietario y cuya ejecución (desalojo de los ocupantes no se efectivizó), le ha llegado a la Comisión información de otros campos usurpados en el Departamento 9 de Julio. Dicha información está verificándose al momento del presente informe.
Otras Consideraciones
Es importante remarcar la importancia de la “Escuela de Capacitación” en todos sus aspectos, y en este caso en particular para incorporar temas vinculados a la producción y a la seguridad rural en los programas y en paralelo evaluar la posibilidad de crear fiscalías especiales para la seguridad rural.-
Del mismo modo, la creación del “Organismo de Investigaciones” y compartimos los dichos del Fiscal General en su informe quinto informe de Gestión – 2016 que expresan:
“El Organismo de Investigaciones fue siempre un anhelo de mi gestión. Se trata de la muestra más palmaria de la idea de pensar al MPA como una institución que no limita sus investigaciones a los casos que sólo procesa la autoridad policial. Por ello es que se pensó en un organismo dependiente del Fiscal General que esté en condiciones de realizar un abordaje integral y profesionalizado de los delitos. Se trata de incorporar las nuevas tecnologías y herramientas que se utilizan en todo el mundo para mejorar la investigación delictiva y que, nuestra provincia, todavía no incorporó”.
Así como también el Acceso a la información:
La política comunicacional implementada por la Oficina de Prensa y Difusión fue desarrollada y puesta en marcha teniendo en cuenta el espíritu y los objetivos establecidos en la ley provincial número 13.013 y en el Plan de Desarrollo Institucional (PDI) del MPA. Por eso es que todas las acciones comunicacionales están articuladas a partir de un doble objetivo que plantea la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información.
Tal como establece el PDI, las acciones comunicacionales deben buscar presencia y visibilidad social ante la ciudadanía y transparencia institucional. Y siempre se procurará cumplir con ese desafío priorizando el rol de las víctimas y los testigos, y coordinando tareas con otros actores políticos, institucionales y sociales.
Por último apoyamos, toda iniciativa referida a “Derechos de las Víctimas”
Derechos de las víctimas
En su artículo 80, el Código Procesal Penal santafesino refiere a los derechos de las víctimas u ofendidos penalmente, los que deben ser garantizados por las autoridades intervinientes en un procedimiento penal.
Los derechos son
* A recibir un trato digno y respetuoso.
* A la documentación clara, precisa y exhaustiva de las lesiones o daños que se afirman sufridos por causa del hecho motivante de la investigación.
* A obtener información sobre la marcha del procedimiento y el resultado de la investigación.
* A minimizar las molestias que deban ocasionársele con motivo del procedimiento.
* A la salvaguarda de su intimidad en la medida compatible con el procedimiento.
* A la protección de su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que depongan a su favor, preservándolos de la intimidación y represalia.
* A requerir el inmediato reintegro de los efectos sustraídos y el cese del estado antijurídico producido por el hecho investigado.
* A obtener la revisión de la desestimación de la denuncia o el archivo, y a reclamar por demora o ineficiencia en la investigación, ante el superior inmediato del Fiscal de Distrito.
* A presentar querella y a ejercer contra el imputado acciones tendientes a perseguir las responsabilidades civiles provenientes del hecho punible.
Fuente: Página Web – MPA
Para mayor información se anexan los informes realizados por la Sociedad Rural de Romang, en el marco de la prueba piloto mencionada. La misma se hará extensiva al resto de las rurales en el marco de los protocolos de informes creados para tal fin.
La comisión ha creado una cuenta en twitter donde se van notificando los ilícitos que las rurales reportan en su territorio: @seguridadCARSFE.
En función de lo expuesto, es nuestra intención iniciar un trabajo en conjunto con vuestro Ministerio con el objeto de avanzar positivamente en las respuestas que en materia de seguridad están demandando nuestros productores.
Sin otro particular, y esperando que el informe sea de vuestra utilidad, aprovechamos para saludarlo con nuestra mayor consideración.
Dr. Ignacio Mántaras Sr. Carlos Castagnani
Secretario Presidente