Son 120 reclusos que reclaman por protocolos de coronavirus. Y piden tratar prisiones domiciliarias, libertades condicionales y medidas alternativas al encierro. Resolución conjunta de los magistrados.
Los internos, en una carta fechada el 5 de mayo, hicieron mención a la “grave situación de vulnerabilidad en la que nos encontramos debido a las condiciones del encierro, agravadas en el marco de la pandemia” lo que “genera mucha incertidumbre, que en la mayoría de los casos se traducen en angustias que se ven amplificadas por la privación de la libertad”, según recogió InfoVera de la misiva remitida.
En el texto, confiaron en “llegar a una solución mediada, por lo que sugerimos y apelamos a una resolución equitativa y favorable”. E informaron la decisión de la población de iniciar una huelga de hambre con motivo de “padecer falta de información en cuanto al protocolo a tomar ante un posible infectado de coronavirus en este marco de pandemia”.
Solicitaron se traten prisiones domiciliarias para todos aquellos internos que se encuentran pasado de tiempo legal, rever la parcialidad por parte de jueces y fiscales en solicitudes de prisiones domiciliarias y libertades condicionales, la distribución y cantidad de elementos de seguridad sanitarios y de higiene, y la resolución de medidas alternativas al encierro para todas aquellas personas que se encuentran procesadas improntas el vencimiento de condena.
Esta mañana, los integrantes del Colegio de Jueces de Primera Instancia de la Cuarta Circunscripción Judicial, luego de intercambiar opiniones en forma verbal y remota, dieron a conocer sus respuestas a las demandas de los 120 internos del Pabellón 6 de la Unidad Penal 10 relacionadas con la pandemia del coronavirus.
Los magistrados se expresaron así en atención al escrito presentado por la población carcelaria, que comunicó la decisión de iniciar una huelga de hambre, al tiempo que requirió información respecto de la serie de ítems detallados en dicha presentación.
En primer lugar, los doctores Claudia Bressán, Norma Senn, Gustavo Gon, Gonzalo Basualdo, Mauricio Martelossi, Santiago Banegas y Martín Gauna Chapero resolvieron poner en conocimiento de los internos que las solicitudes de prisión domiciliaria formuladas por los defensores “se van resolviendo en audiencias, previo solicitud de informes médicos del estado del interno y análisis de la conveniencia del domicilio propuesto”.
En el mismo sentido, explicaron que respecto de los pedidos de libertad condicional “son resueltos en audiencias previo informes del organismo técnico criminológico”.
Respecto a la revisión de las decisiones adoptadas por parte de los jueces, en cuanto a las prisiones domiciliarias y libertades condicionales, “defensores e internos cuentan con los mecanismos legales para impugnar dichas resoluciones adversas a su interés, mediante recursos de apelación (arts. 394 y siguientes del C.P.P.)”, expusieron.
Por otra parte y en cuanto a la implementación de medidas alternativas al encierro para personas con prisión preventiva sin condena y con fecha próxima a vencer la medida cautelar, sostuvieron que los mismos “también cuentan con los procedimientos legales para la revocación o morigeración de las mismas, mediante la revisión de la coercitiva (art. 225 del C.P.P.), debiéndose analizar en cada caso particular, atendiendo a los riesgos procesales y la posibilidad de evitarse con una medida menos gravosa”.
En cuanto al aseguramiento de la integridad física de personas de edad avanzada y paciente de riesgo, y del resto de la población carcelaria, conforme a informes remitidos con anterioridad por la Unidad Penal de Santa Felicia, los jueces indicaron que “se han adoptado medidas de higiene y sanidad para los internos y personal que ingresa prestar servicios, contándose con equipamiento de kit de bioseguridad para el personal y se provee de elementos de limpieza a los pabellones, alcohol en gel se sanitizan los lugares de alojamiento y tránsito”.
Así también, agregaron, están previstos lugares de aislamiento preventivos en caso de personas sospechadas con síntomas de virus Covid 19. “Todas medidas correspondientes para esa forma asegurar el acatamiento de los estándares fijados por las disposiciones internacionales y nacionales para la prevención de la pandemia”, aseguraron.
En segundo término, decidieron encomendar al director de la Unidad Penal N° 10 para que se “intensifiquen y refuercen el área sanitaria”, a fin de “controlar y asistir de forma exhaustiva a aquellas personas que padezcan condiciones de salud preexistentes” que puedan constituir grupo de riesgos y se extremen los controles preventivos del personal de servicio y de las personas que ingresan a diario a la Unidad.
Por último, recomendaron al titular del establecimiento carcelario la realización de controles médicos diarios a los internos que se encuentren cumpliendo huelga de hambre, y que se notifique la presente resolución por intermedio de la Oficina de Gestión Judicial a los internos demandantes y a la Dirección de la Unidad Penal N° 10 de Santa Felicia.
Fuente – www.ellitoral.com