En la siesta de este martes 19 de noviembre de 2024, en los tribunales de Reconquista, se conoció la sentencia en el juicio oral y público contra Rolando Quarín, exjefe del área de Tránsito de la Municipalidad de Reconquista y diácono de la Iglesia Católica.
La jueza penal Norma Senn condenó a Quarín a un año y seis meses de prisión condicional, además de imponerle reglas de conducta por tres años, entre las que se incluye la prohibición de acercarse a la víctima.
La condena se dictó por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de una empleada municipal que trabajaba bajo su supervisión, según lo establecido en el Artículo 119, inciso 1° del Código Penal Argentino, que prevé penas de entre seis meses y cuatro años de prisión para este tipo de delitos.
Sin embargo, la jueza absolvió a Quarín de las acusaciones de abuso sexual con acceso carnal reiterado, denunciadas por otra empleada municipal, al considerar que los testigos de contexto no aportaron información suficiente que respaldara las declaraciones de la denunciante.
La magistrada aplicó el principio de indubio pro reo, que establece que ante la duda razonable, se debe fallar a favor del acusado.
En declaraciones posteriores, la fiscal Georgina Díaz manifestó que «se leyó la absolución al acusado por falta de pruebas y por indubio pro reo. Analizaremos la etapa recursiva respecto al primer hecho». Sobre el segundo hecho, señaló que, aunque fue considerado probado, no se acreditó su reiteración.
La sentencia generó repercusiones tanto en el ámbito judicial como en la comunidad, debido al perfil público de Quarín y la naturaleza de las denuncias.