El intendente Rubén Quaín informo las nuevas medidas que se tomaron atrás vez del Decreto 66/2020, que obliga desinfectar y hacer trasbordo las mercaderías que llegan del Chaco, en el control del ingreso norte a la ciudad, y prohíbe el ingreso de los chaqueños por el termino de 14 días.
“Suspendimos el ingreso de vecinos de Basail y de todo el Chaco, al menos por 14 días, los que traigan mercadería de esa provincia tendrán que hacer el trasbordo, luego de la desinfección de los productos alimenticios, y esto solo se podrá hacer de 8 a 12 hs. de lunes a viernes… “detallo el jefe del ejecutivo municipal.
Por otra parte, afirmó que están trabajando en conjunto con el intendente de Basail, Ignacio Rostan, y el Gobierno de Santa Fe.
Nuevo Decreto firmado hoy
DECRETO NRO. 66/2020
VISTO:
La Declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que con fecha 11 de marzo de 2020, declaró el brote del coronavirus como una pandemia, llegando el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegó a 3.864.696 a la fecha de 08 de mayo de 2020, y el número de muertes a 270.020, afectando hasta ese momento a más 110 países y La Ley Nacional Nº 27.541, los Decretos Nacionales Nº 260/2020 y 297/2020 del corriente año y sus modificatorios, más las últimas novedades informadas por autoridades de la Provincia del Chaco ocurridas en nuestra zona geográfica;
CONSIDERANDO:
Que, nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social que peligran avanzar a este distrito Florencia, limítrofe con la provincia del Chaco, y para ello es necesario continuar tomando medidas oportunas y consensuadas, a fin de mitigar la propagación del coronavirus y su impacto en la salud pública.
Que, se ha detectado un caso POSITIVO de Coronavirus en la zona limítrofe, entre ambas provincias hermanas, del Paralelo 28, con internación de la paciente en la ciudad de Resistencia Chaco informado por el intendente de la vecina localidad de Basail y por la directora del hospital de dicha ciudad.
Que, dada la fluida vinculación, comercial, productiva, familiar existente entre ambos distritos vecinos.
Que, se trata de una acción preventiva para mitigar el contagio de coronavirus, alcanzando también estas medidas a los proveedores.
POR ELLO EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE FLORENCIA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS:
D E C R E T A
Artículo 1ro: Establézcase desde el día 08 de mayo del corriente y por plazo de catorce días, como obligatorio para todos los habitantes en tránsito con domicilio en la Provincia del Chaco , la restricción absoluta del ingreso a la Ciudad de Florencia, con las excepciones correspondientes establecidas en el Decreto Nacional 297/2020.- medida prorrogable según la evolución epidemiológica.
Artículo 2: Establézcase que por el mismo plazo todas las mercaderías provenientes desde la vecina Provincia de Chaco deberán ser recibidas por los comerciantes de la localidad en el puesto de control sobre Ruta Nacional Nro 11, donde funcionan puesto sanitario, de desinfección y Gendarmería Nacional, donde deberán proceder a hacer los mismos la desinfección de cada carga recibida antes de ingresar a la Ciudad.
Artículo 3: Determínese como horarios habilitados para recepción de mercaderías provenientes del Chaco en el puesto de control sobre ruta nacional 11 a la altura del ex – peaje, los días Lunes a viernes en el horario de 8:00hs. a 12:00hs. si excepción.
Artículo 4: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Dado en el despacho de la Intendencia Municipal de Florencia, Departamento Gral. Obligado, Provincia de Santa Fe, a los ocho días del mes de mayo de dos mil veinte.-
Fuente – Florencia Hoy