El Ente Administrador del Puerto Reconquista emitió una resolución con las indicaciones y medidas a seguir a los fines de evitar la propagación del COVID-19. El ingreso a fines recreativos quedó prohibido.

Con la firma de su Presidente, el Dr. Martin Deltin, el comunicado enuncia todas las acciones que toma la entidad portuaria al efecto de disminuir el tránsito de personas en su zona de competencia estableciendo guardias mínimas y con personal autorizado para la custodia y mantenimiento de los bienes sujetos a contralor.

Asimismo, quedan suspensivas por tiempo indeterminado cualquier clase de evento o reunión de personas en las instalaciones portuarias.

El comunicado

Está irigido a los concesionarios de operatorias portuarias, usuarios y público en general y expresa:

“En razón de la actual pandemia por el coronavirus COVID-19, que se afronta en el mundo y en nuestro país, El ENTE ADMINISTRADOR PUERTO RECONQUISTA en cumplimiento de la legislación que le dio origen comunica y solicita la diligencia y cumplimiento por parte de los concesionarios, usuarios y público en general en el ámbito de Puerto Reconquista de las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante DNU 260/2020, norma dictada Presidente de La Nación Argentina, Dr. Alberto Fernández, así como lo decretado por el Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe CPN Omar Perotti Dec 0213/20 y 0261/20 y las resoluciones en consonancia la Ministra de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat CPN Silvina Patricia Frana; la Ordenanza 8480/20 y Decreto 056 y 063 de la Municipalidad de Reconquista y demás medidas que se anuncian y publican en tal sentido.

Por todo esto y en uso de facultades otorgadas por ley y de medidas que le competen, el Protocolo Código (PBIP), Código Internacional para la Protección de Buques y de las Instalaciones Portuarias y circulación de personal que operan o de tránsito en Zona Portuaria;

Por el presente el Sr. Presidente EAPRe, Dr. MARTÍN S. DELTÍN,

RESUELVE:

1) Ampliar resguardo y acciones en consideración de las nuevas estrategias de prevención siendo los protocolos establecidos por los estamentos Nacionales y Provinciales como así también la estricta medida que se comunicara el EAPRe en la Operatoria Portuaria, adhiriendo a las leyes y decretos sancionados.

2) Restringir la circulación dentro de la instalación portuaria, limitando el ingreso y permanencia solo al personal afectado a la actividad portuaria y guardias mínimas de las concesionadas y del EAPRe. La presente no afecta al funcionamiento comercial portuario.

3) Inhabilítese el ingreso de personas para fines recreativos, de esparcimiento o turístico.

4) Suspender el servicio bajada de lanchas de las guarderías que funcionan en el área portuaria, de bar y cantina que se presta dentro del Ente Puerto hasta el 31 de marzo del corriente. En las áreas de guarderías solo podrán asistir y permanecer el personal autorizado para la custodia y mantenimiento de las mismas.

5) Suspender toda clase de reunión o evento deportivo, recreativo y de cualquier índole que implique la congregación de grupos de personas dentro de las instalaciones portuarias por tiempo indefinido.

6) Restrínjase al 50 % la capacidad de pasajeros de la balsa que viajen sin vehículos. Los transportistas o automovilistas en el proceso de embarque o desembarque no podrán circular fuera del vehículo.

7) Instar a la difusión y conocimiento del presente a los concesionarios, personal afectado al área portuaria y a la comunidad en general.

8) Limitar el ingreso de camiones a una unidad por vez en el ingreso a puerto para carga de arena, siendo los demás destinados a la playa pública sita en acceso al puerto.

9) Fijar el presente y cartelería informativa a proveer por el EAPRe, sobre la prevención del nuevo coronavirus COVID-19 en el acceso al Puerto, en el edificio del EAPRe y cada una de las áreas concesionadas o funcionales.

La medida adoptada tendrá vigencia desde el día de la fecha y podrá cambiar en razón de la evolución de la situación de la pandemia, que exige el máximo compromiso de esta autoridad y de la comunidad toda. –

En cumplimiento de lo requerido por el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia, se adjunta el Decreto Provincial y comunicado del Ministerio. Asimismo, para conocimiento el comunicado del CAPS de la comunidad del Puerto, la ordenanza y disposiciones del Municipio en reconquista y las recomendaciones de Higiene y Seguridad del Asesor EAPRe.

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