El proyecto fue elaborado por los senadores de la UCR Rodrigo Borla, Felipe Michlig, Esteban Motta, Germán Giacomino, Orfilio Marcón, Leticia Di Gregorio, Leonardo Diana, Ciro Seisas, Hugo Rasetto, Raúl Gramajo, Pablo Verdecchia y Germán Baumgartner.
Con esta media sanción el proyecto ahora pasa a diputados.
El proyecto original planteaba declarar la emergencia vial en la provincia de Santa Fe. Sin embargo, debido a que el proyecto no establecía ninguna herramienta que permita la agilización de compras o licitaciones, se resolvió desechar la declaración del estado de emergencia.
Otra vez el bolsillo de los contribuyentes en la Mira. Contribución por mejoras. Uno de los puntos que generó controversia – y que posibilitó que el bloque del PJ adelantara su rechazo al proyecto- tiene que ver con los recursos necesarios para afrontar las obras. El proyecto establece que el gravamen provincial se denominará contribución de mejoras e indica que cuando la Dirección Nacional de Vialidad o la Dirección Provincial de Vialidad construyan caminos pavimentados o mejorados que aseguren el tránsito vehicular permanente, los inmuebles ubicados dentro de la zona contributiva establecida quedan gravados por el régimen de contribución de mejoras. Igual obligación corresponderá a las obras viales que se realicen con leyes especiales o por convenios con el Estado Nacional. Además, dispone que el aporte a cargo del contribuyente sea como mínimo el 10% del costo total de la obra. Sin embargo, la iniciativa dispone que el Ejecutivo puede establecer porcentajes superiores a ese mínimo legal. En otro párrafo, se plantea que cuando personas físicas o jurídicas interesadas en la construcción de un camino pavimentado, manifiesten voluntad de efectuar aportes económicos para su ejecución, la Dirección Provincial de Vialidad podrá suscribir convenios con los mismos y los montos que se establezcan pasarán a integrar el porcentaje aludido. Por otro lado, se indica que las propiedades directamente frentistas a la obra abonarán un adicional por metro de frente que será establecido por la autoridad de aplicación. El valor que se fije en ningún caso podrá superar el 1% del costo del metro lineal.
En cuánto al Compre Santafesino, la norma establece que “sin perjuicio de lo establecido por el art. 36 de la ley 5188, y para obras viales exclusivamente, cuando la oferta de la empresa local o santafesina superase hasta el 5% a la mejor oferta realizada por una empresa que no es santafesina, se le dará la posibilidad a la primera de igualar la mejor oferta y así será adjudicada”.
“En caso de que exista más de una empresa santafesina que no supere el 5% establecido en el párrafo anterior, se dará oportunidad a todas ellas para ofrecer nuevamente”, agrega el texto de la ley, y precisa: “En todos los casos, se considera empresa local o santafesina la que encuadre en los términos del art. 4 de la presente ley”.