Los dispuso hoy la AFIP mediante una resolución que se publicó en el Boletín Oficial. Beneficia a ganaderos y agricultores que tengan el certificado correspondiente. Empezará a regir el 12 de abril.
Los productores de hacienda, cereales y frutas en Emergencia Agropecuaria quedarán exentos de retenciones en sus ventas del Impuesto a las Ganancia a partir del próximo 12 de abril, según lo dispuso hoy una resolución de AFIP que se publicó en el Boletín Oficial.
La norma (4441/19) indica que los agentes de retención “deberán verificar los datos identificatorios del sujeto pasible y la vigencia de la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario a través de la consulta Constancia de Inscripción” del sitio de la Afip de acuerdo al procedimiento establecido en la resolución general 1817/05 y sus modificatorias.
El texto de la resolución establece que la misma empezará a regir a los 15 días de su publicación, por lo que entrará en vigencia el 12 del mes próximo.
En los fundamentos de la medida se indica que a “que a raíz de las intensas precipitaciones sin precedentes en distintas regiones del país, es necesario brindar soluciones inmediatas y efectivas para amortiguar el impacto económico en los productores agropecuarios”.
Y que, por ese motivo, “resulta procedente exceptuar de la aplicación de los regímenes de retención (…) a las operaciones de venta de productos primarios de producción propia en aquellos sectores del territorio nacional en estado de desastre o emergencia agropecuaria”.
Para la provincia de Santa Fe, el gobierno nacional dictó el 25 de enero la resolución 18/2019, homologando la Emergencia y/o Desastre Agropecuario, dictado por la provincia, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019 para las explotaciones ganaderas y desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2019 para las restantes explotaciones agropecuarias afectadas por exceso de precipitaciones y anegamientos temporarios que se encuentran ubicadas en los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los distritos Romang y Colonia Durán pertenecientes al departamento San Javier.
Luego, a principios de marzo, esa medida se amplió mediante la resolución 75/2019 a la totalidad de los departamentos La Capital, Garay, Las Colonias y San Justo y la totalidad de los distritos del Departamento San Javier (con excepción de Colonia Durán y Romang), así como los distritos de Carlos Pellegrini, María Susana y Piamonte del departamento San Martín; Aguara Grande, San Cristóbal, Las Avispas, Huanqueros, Villa Saralegui, La Lucila, Ñanducita, Colonia La Clara y Soledad del departamento San Cristóbal; Coronda y Larrechea del departamento San Jerónimo; y Bouquet, Montes de Oca y Tortugas del departamento Belgrano.
Fuente – El Litoral.com