El intendente Enrique Paduán convocó a una nueva reunión de la Junta Local de Protección Civil para hacer conocer que, según informaciones recibidas del Gobierno Provincial, el Ministerio de Salud ya tomó la decisión de que en Villa Ocampo se habiliten todas las actividades que están permitidas en el resto de la provincia de Santa Fe; medida que se estaría formalizando en las próximas horas.

En la jornada de este jueves 25 de junio se conoció el decreto provincial que habilita a Villa Ocampo a desarrollar las actividades que están permitidas en el resto de la provincia de Santa Fe

Por tal motivo, se resolvió que a partir del momento en que se aplique la nueva disposición, los responsables de esas actividades, antes de abrir sus locales, deberán obligatoriamente presentar a las autoridades correspondientes los Protocolos de Actuación ante el Covid-19. Por cualquier duda o asesoramiento, contactarse con la Secretaría de Sistemas Productivos y Medio Ambiente de la Municipalidad de Villa Ocampo, Tel. 469631, en el horario de 8:00 a 11:00.

Al respecto, se recuerda que esos protocolos sanitarios son declaraciones juradas de quienes los presentan; estando obligados a cumplirlos y hacerlos cumplir a sus clientes, caso contrario podrían ser sancionados administrativa y penalmente.

Por otra parte, se tomó la decisión de extender el horario de las caminatas de esparcimiento hasta las 22:00 Hs.; manteniéndose los circuitos habituales para recreación o actividades físicas, exceptuando el uso interior de las plazas y parques y los elementos de gimnasia y juegos infantiles.

Además, se informó que desde el Comité de Coordinación Departamental Covid-19 se solicitó extremar todas las medidas para hacer cumplir el Decreto Provincial 543/20 que establece una serie de disposiciones preventivas para las personas que deban ingresar o egresar de la provincia:

Los ciudadanos no residentes que ingresen a la provincia, provenientes de lugares con circulación local de Covid-19, deberán cumplir con un aislamiento total de 14 días corridos.

Las personas, residentes en la provincia, que cuenten con “habilitación para circular” por razones humanitarias, de fuerza mayor (Ej. salud, seguridad, alimentación, combustible, medicamentos) y, deban viajar desde y hacia localidades con circulación viral, deberá:

– Informar de su traslado, estableciendo fecha de partida y de retorno, al gobierno municipal o comunal al que pertenecen.

– Solicitar nuevo permiso a través de la aplicación “Covid-19 Provincia de Santa Fe”.

– A su regreso a nuestra provincia, deberá cumplir con el aislamiento obligatorio, mientras dure su estadía en este territorio, quedando limitado sus salidas a lo estrictamente necesario.

 Las personas residentes en la provincia que, deban trasladarse ocasionalmente a zonas con circulación comunitaria, a su reingreso a la provincia, deberán hacer cuarentena obligatoria de 14 días corridos.

La Policía de la Provincia de Santa Fe será la responsable de la custodia de los puestos sanitarios ubicados en toda la extensión de los límites interprovinciales; quienes de esta forma estarán colaborando y reforzando las tareas realizadas por el Ministerio de Salud.

Por último, se hizo saber que cualquier denuncia sobre incumplimientos del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” la deben hacer comunicándose al 0800-555-6768.

El cumplimiento estricto de todas las medidas preventivas; especialmente el uso del tapaboca, el distanciamiento social y la desinfección de manos deberán ser prácticas permanentes, asumidas por todos.

En tanto, los Protocolos de Actuación ante el Covid-19 garantizan que las actividades habilitadas puedan desarrollarse en un marco de control y prevención, disminuyendo los riesgos de contagio; cumpla el compromiso asumido al presentar la declaración jurada y haga cumplir a sus clientes.

En una situación de pandemia como la que estamos viviendo, cada acción individual tiene impacto social; actuemos con conciencia, respetando todas las normativas y recomendaciones sanitarias y de seguridad.

Que nuestra comunidad no tenga que volver a fases anteriores por propagación del coronavirus depende del comportamiento individual de cada ciudadano. Actuemos con responsabilidad; hagámoslo por nuestras familias, nuestros vecinos, nuestros allegados, hagámoslo por todos nosotros.

Texto del decreto firmado por el ministro de Gestión Pública: e

Artículo 1°: A partir del dictado de la presente resolución cobrarán plena vigencia en el ámbito de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, las excepciones al «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que durante su vigencia se dispusieran por el Decreto N° 0474/20 y su ampliatorio N° 0534/20 y las habilitaciones de actividades establecidas en el marco del «distanciamiento social, preventivo y obligatorio por los Decretos Nros. 0487/20, 0489/20, 0495/20, 0496/20 y 0497/20, en las condiciones establecidas en los citados decretos en cada caso.

Artículo 2°: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, íntese a la población de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, al estricto cumplimiento de las disposiciones de los Decretos Nros. 0543/20 y 0554/20 en cuanto a la restricción de actividades dispuestas en los mismos para las personas alcanzadas por sus previsiones.

Artículo 3°: El Ministerio de Salud continuará con el monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria en función de las habilitaciones dispuestas en la presente resolución; a los fines de recomendar las acciones a seguir conforme la evolución de la situación lo aconseje.

Artículo 4°: En el marco de las habilitaciones dispuestas, las autoridades municipales en concurrencia con la Policía de la Provincia y las demás autoridades provinciales correspondientes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria; y asegurar que la circulación de personas y vehículos corresponda estrictamente a las actividades habilitadas.

CPN Rubén Michilig.

 

 

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