La Defensoría General de la Nación (DGN), a través de la Resolución DGN Nº295/2023, convoca a examen para el ingreso al agrupamiento Técnico Jurídico (TJ) para desempeñarse en las dependencias del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (MPD) con actuación en el ámbito federal penal con sede en las ciudades de Rosario (TJ 217); Santa Fe (TJ 218); Rafaela (TJ 219); Reconquista (TJ 220); San Lorenzo -en tanto se produzca la creación y habilitación de la dependencia- (TJ 221); Venado Tuerto (TJ 222), y San Nicolás (TJ 223); y con actuación en el ámbito federal no penal con sede en las ciudades de Rosario (TJ 224); Santa Fe (TJ 225); Rafaela (TJ 226); Reconquista (TJ 227); Venado Tuerto (TJ 228); San Nicolás (TJ 229).
Este llamado se realiza en el marco de la Ley Nº26.861, de Ingreso democrático e igualitario de personal al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público de la Nación, y se rige por el Reglamento de Ingreso al MPD conforme al texto ordenado dispuesto por la Resolución DGN N°1292/2021.
El período de inscripción para estos exámenes será entre el 29 de marzo y el 4 de abril de 2023, ambos inclusive.
Sede y forma de inscripción
De conformidad con lo establecido en el Art. 14 del Reglamento de Ingreso al MPD, las inscripciones deberán ser realizadas exclusivamente por vía electrónica, debiendo el/la aspirante ingresar al Portal Web de la Institución (www.mpd.gov.ar) e inscribirse conforme los instructivos publicados a tal fin. No deberá adjuntar ningún tipo de archivo ni documentación escaneada ya sea en formato pdf, jpg o similar. Una vez cumplimentada la inscripción, podrá consultar la misma desde su propio Currículum Vitae conforme los instructivos ya mencionados.
Si el/la postulante se encontrara comprendido/a dentro de las pautas establecidas en el Art. 29 (persona con discapacidad que se postule para ingresar al MPD) del “Régimen jurídico del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (T.O. 2020)” -aprobado por RDGN-2020-999-EMPD-DGN#MPD, y modificatorias, en adelante “RJMPD (T.O. 2020)”-, deberá comunicarla a la Secretaría de Concursos mediante correo electrónico (concursos@mpd.gov.ar), informando su situación personal. Esta información tendrá carácter reservado.
En todos los casos, será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales.
Incompatibilidades
Rigen las previstas en el Art. 7 del Reglamento de Ingreso al MPD.
Requisitos personales
Para participar de los exámenes se requiere cumplir con los requisitos establecidos en los arts. 34 y 35 del Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del MPD -Texto Ordenado 2020-. Los/as aspirantes a ingresar al MPD en el agrupamiento TJ deberán contar con el título de abogado/a. Al momento de la inscripción al examen, deberán declarar la fecha de expedición del título en el formulario de inscripción, bajo apercibimiento de quedar excluido/a del listado de inscriptos. No se aceptarán inscripciones de postulantes con “constancia de título en trámite” o situación análoga.
Integración del Tribunal Examinador (arts. 10 y 11 del Reglamento de Ingreso al MPD)
Los Tribunales Examinadores que intervendrán en los procedimientos de evaluación de los/as aspirantes estarán compuesto de la siguiente manera:
TJ 217 a 223:
Miembros Titulares:
Presidente: Dr. Alejandro Marcelo Arguilea (Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, provincia de Buenos Aires); Vocales: Dra. Paula Susana Muniagurria (Secretaria Letrada de la Defensoría General de la Nación) y Dr. Eduardo Aníbal Chittaro (Secretario Letrado de la Defensoría General de la Nación).
Miembros Suplentes:
Presidente: Dra. Rosana Leonor Marini (Defensora Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya, provincia de Corrientes); Vocales: Dras. María Candelaria Migoya y Nuria Saba Sardañons (Secretarias Letradas de la Defensoría General de la Nación).
TJ 224 a 229:
Miembros Titulares:
Presidente: Dr. Alejo Amuchástegui (Defensor Público Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de Mendoza); Vocales: Dr. Héctor Osvaldo Buscaya (Defensor Auxiliar de la Defensoría General de la Nación) y Dra. Inés Aldanondo (Secretaria Letrada de la Defensoría General de la Nación).
Miembros Suplentes:
Presidente: Dr. Santiago Roca (Defensor Público Oficial); Vocales: Dres. Sebastián Ernesto Tedeschi y Martín Jesús Fiuza Casais (Secretarios Letrados de la Defensoría General de la Nación).
Lugar y fecha de los exámenes
Los exámenes TJ 217 a 223 serán únicos y se realizarán durante la segunda quincena del mes de abril de 2023 en la ciudad de Rosario.
Los exámenes TJ 224 a 229 serán únicos y se realizarán durante los meses de mayo y junio de2023 en la ciudad de Rosario.
El día, hora y lugar en que se llevará a cabo el examen será notificado a los/as postulantes conforme a la pauta reglamentaria (Arts. 3° y 15° del «Reglamento de ingreso al MPD»).
Temarios
TJ 217 a 223:
- Ley Orgánica del MPD —Ley Nº27.149—y Protocolo de actuación para la prevención y la intervención en casos de discriminación por motivos de género del MPD (Art. 17 del Reglamento de Ingreso al MPD); 2. Garantías constitucionales en el proceso penal, nulidades y recursos; 3. Nuevo Código Procesal Penal Federal; 4. Ley Nº23.737; 5. Trata y tráfico de personas (Ley Nº26.364); 6. Delitos contra la libertad individual; 7. Libertad durante el proceso; y 8. Ley Nº27.372 (“Ley de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos”).
TJ 224 a 229:
- Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación —Ley Nº 27.149— y “Protocolo de actuación para la prevención y la intervención en casos de discriminación por motivos de género del MPD” (Art. 17 del Reglamento de Ingreso al MPD); 2. Derechos de los migrantes; 3. Amparo y medidas cautelares; 4. Ejecuciones Fiscales; y 5. Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.
Aviso importante
La Secretaría de Concursos oportunamente confeccionará los cronogramas de evaluación respectivos, sobre la base de las confirmaciones efectuadas por los/as inscriptos/as en el período y bajo la modalidad que la Secretaría de Concursos establezca al efecto.
Los nuevos órdenes de mérito que surjan de los exámenes convocados dejarán sin efecto los anteriores.
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 22, aquellos/as integrantes del respectivo orden de mérito que, debidamente citados/as, no comparecieren o rechazaren una propuesta de designación, serán excluidos/as de las listas.
Los órdenes de mérito que surjan del examen que se sustancie habilitarán al/a la postulante a ser propuesto/a únicamente en la/s jurisdicción/es para la/s que se hubiera inscripto/a.
El mecanismo de examen configura un requisito ineludible para acceder al agrupamiento TJ del MPD y su aprobación no confiere al/a la postulante un derecho a reclamar su designación en cargo permanente o no permanente dentro de este Ministerio, sino a integrar una nómina que se administrará conforme lo establecido en el Reglamento de ingreso al MPD.